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En vigorOrden

Orden APA/1454/2025, de 5 de diciembre, por la que se establece la marca de calidad y se determina el procedimiento de aplicación y ensayo de los sistemas de autoguiado utilizados en máquinas agrícolas y forestales

También conocida como: O 1454/2025, O 1454/25
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16 de diciembre de 2025·Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación·BOE-A-2025-25705
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma regula los requisitos de calidad y seguridad que deben cumplir los sistemas de autoguiado por GPS en tractores y maquinaria agrícola.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (6 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto

    La orden establece la marca de calidad para sistemas de autoguiado en maquinaria agrícola y forestal. Los sistemas deben tener marcado CE y declaración de conformidad con la normativa de la Unión Europea.

  2. Artículo 2 — Definiciones

    Se definen los sistemas de autoguiado como aquellos basados en GNSS para conducción autónoma o semiautónoma, optimizando siembra, fertilización y cosecha. Se aplican también las definiciones del anexo I.

  3. Artículo 3 — Marca de calidad para los sistemas de autoguiado

    Se crea la marca de calidad regulada por el Real Decreto 448/2020. Los sistemas se incluyen en una lista pública con sus componentes (GNSS, controlador, actuador, sensores) y datos del tractor. Hay grupos centimétrico y submétrico.

  4. Disposición adicional única — No incremento del gasto público

    El establecimiento de la marca de calidad no implica incremento del gasto público, atendiéndose con los medios existentes en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

  5. Disposición final primera — Título competencial

    La orden se basa en las competencias exclusivas del Estado sobre bases de la planificación económica y tráfico de vehículos de motor, según los artículos 149.1.13 y 149.1.21 de la Constitución Española.

  6. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    La Orden APA/1454/2025, de 5 de diciembre, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
16 de diciembre de 2025
Departamento
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

Leyes en las que se basa

  • la disposición final 2 del Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo BOE-A-2020-4666
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