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En vigorReal Decreto

Real Decreto 1184/2024, de 28 de noviembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

También conocida como: RD 1184/2024, RD 1184/24
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29 de noviembre de 2024·28 de mayo de 2025·Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública·BOE-A-2024-24852
Resumen en lenguaje sencillo

Este decreto explica cómo se organiza internamente el Ministerio de Asuntos Exteriores para gestionar la política exterior y la cooperación.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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  1. Artículo 1 — Organización general del Departamento

    El Ministerio de Asuntos Exteriores planifica la política exterior y cooperación. Se estructura en: Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y Globales, para la Unión Europea, para Iberoamérica y el Caribe, de Cooperación Internacional, Subsecretaría, y dos Direcciones Generales.

  2. Artículo 2 — Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y Globales

    La Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y Globales dirige la política exterior. Coordina la UE, ONU, OSCE, derechos humanos, terrorismo, paz, áreas geográficas, presupuestos internacionales, Agenda 2030 y migración. Dependen de ella 5 Direcciones Generales y un Gabinete.

  3. Artículo 3 — Dirección General de Política Exterior y de Seguridad

    La Dirección General de Política Exterior y de Seguridad ejecuta directrices de la Secretaría de Estado. Coordina la política exterior con la UE, la OSCE y la ONU. Gestiona seguridad, no proliferación, terrorismo, migraciones y sanciones. Se estructura en 5 órganos de subdirección general.

  4. Artículo 4 — Dirección General de Naciones Unidas, Organismos Internacionales y Derechos Humanos

    La Dirección General de Naciones Unidas, Organismos Internacionales y Derechos Humanos coordina la posición española en la ONU, previene conflictos, gestiona relaciones con organismos internacionales, medioambiente, derechos humanos, democracia y presencia de funcionarios españoles.

  5. Artículo 5 — Dirección General para el Magreb, Mediterráneo y Oriente Próximo

    La Dirección General para el Magreb, Mediterráneo y Oriente Próximo propone y ejecuta la política exterior en su área, impulsa relaciones bilaterales y sigue foros multilaterales. Se estructura en Subdirecciones del Magreb y Oriente Próximo.

  6. Artículo 6 — Dirección General para África

    La Dirección General para África propone y ejecuta la política exterior, impulsa relaciones bilaterales y sigue foros multilaterales. Se estructura en Subdirecciones para África Occidental y África Oriental, Central y Austral.

  7. Artículo 7 — Dirección General para América del Norte, Europa Oriental, Asia y Pacífico

    La Dirección General para América del Norte, Europa Oriental, Asia y Pacífico ejecuta política exterior, impulsa relaciones bilaterales, sigue foros y fomenta fundaciones España-EE.UU., China, Japón, India y Australia. Incluye subdirecciones específicas.

  8. Artículo 8 — Secretaría de Estado para la Unión Europea

    La Secretaría de Estado para la Unión Europea formula y ejecuta la política de España en la UE y asiste al Ministerio en política exterior europea. Coordina administraciones, da instrucciones al Embajador ante la UE y depende de la Secretaría General para la Unión Europea.

  9. Artículo 9 — Secretaría General para la Unión Europea

    La Secretaría General para la Unión Europea, dependiente de la Secretaría de Estado, colabora en la política exterior en la UE. Coordina órganos, impulsa proyectos y supervisa a sus dependientes. Incluye un Gabinete Técnico de apoyo.

  10. Artículo 10 — Dirección General de Integración y Coordinación de Asuntos Generales de la Unión Europea

    La Dirección General de Integración y Coordinación de Asuntos Generales de la UE coordina posiciones españolas, seguimiento de políticas, relaciones exteriores, comercio, justicia, idioma español y presencia equilibrada de género en instituciones europeas.

  11. Artículo 11 — Dirección General de Coordinación del Mercado Interior y otras Políticas Comunitarias

    La Dirección General de Coordinación del Mercado Interior gestiona ayudas públicas, transposición de directivas, procedimientos de infracción, asesoramiento jurídico, centro SOLVIT y preparación de consejos de competitividad y grupos de trabajo europeos.

  12. Artículo 12 — Dirección General de Europa Occidental, Central y Sudeste de Europa

    La Dirección General de Europa Occidental, Central y Sudeste de Europa ejecuta la política exterior en su área, impulsa relaciones bilaterales y gestiona el contencioso de Gibraltar, coordinándose con otros órganos ministeriales.

  13. Artículo 13 — Secretaría de Estado para Iberoamérica y el Caribe y el Español en el Mundo

    La Secretaría de Estado para Iberoamérica y el Caribe dirige la política exterior en la región, promueve el español en el mundo, coordina cumbres iberoamericanas y supervisa el Instituto Cervantes y direcciones generales dependientes.

  14. Artículo 14 — Dirección General para Iberoamérica y el Caribe

    La Dirección General para Iberoamérica y el Caribe ejecuta la política exterior, impulsa relaciones bilaterales, asiste en cumbres iberoamericanas, fomenta la presencia en la OEA y apoya fundaciones bilaterales con Brasil, Colombia y Perú.

  15. Artículo 15 — Dirección General del Español en el Mundo

    La Dirección General del Español en el Mundo asegura coherencia, colabora con actores externos e iberoamericanos, fija líneas en países sin español oficial y fomenta su presencia en foros, incluyendo la Alianza para la Nueva Economía de la Lengua. Se estructura en dos Subdirecciones Generales.

  16. Artículo 16 — Secretaría de Estado de Cooperación Internacional

    La Secretaría de Estado de Cooperación Internacional dirige políticas de desarrollo, acción humanitaria y educación. Coordina la acción exterior, gestiona recursos, define posiciones en la UE, evalúa resultados ante las Cortes y supervisa la AECID y la Oficina de Evaluación.

  17. Artículo 17 — Dirección General de Políticas de Desarrollo Sostenible

    La Dirección General de Políticas de Desarrollo Sostenible asiste a la Secretaría de Estado en la cooperación para el desarrollo. Sus competencias incluyen planificación estratégica, seguimiento de la Agenda 2030, transparencia de la Ayuda Oficial al Desarrollo y coordinación en foros internacionales. Dependen de ella dos Subdirecciones Generales: Planificación, Seguimiento y Coherencia de Políticas, y Políticas de Desarrollo Multilaterales y Europeas.

  18. Artículo 18 — Oficina de Evaluación de la Cooperación Española

    La Oficina de Evaluación de la Cooperación Española gestiona evaluaciones estratégicas, define metodologías y hace públicos los informes anuales al Congreso y Senado, coordinando el sistema de evaluación con la Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas.

  19. Artículo 19 — Subsecretaría de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

    La Subsecretaría dirige servicios comunes, gestión económica, inspección, protección de datos, transparencia, igualdad, tratados internacionales, extranjería, consulados y seguridad de la información. Dependen de ella órganos como la Secretaría General Técnica, Inspección General, Oficina Presupuest

  20. Artículo 20 — Secretaría General Técnica

    La Secretaría General Técnica gestiona normativa, informes, tratados, publicaciones, archivos y recursos. Se estructura en Vicesecretaría, Subdirecciones de Relaciones Institucionales y de Tratados, más la División de Recursos y la Oficina de Interpretación.

  21. Artículo 21 — Dirección General del Servicio Exterior

    La Dirección General del Servicio Exterior gestiona RRHH, economía, contratación, obras, informática y comunicaciones. Incluye seguridad, gestión de personal, presupuestos, patrimonio, proyectos tecnológicos, contratación, prevención de riesgos y mejora de la gestión.

  22. Artículo 22 — Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares

    La Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares coordina oficinas consulares, protege a españoles en el extranjero (detenidos, vulnerables), gestiona emergencias, visados, pasaportes, registros, elecciones y cooperación judicial internacional.

  23. Artículo 23 — Dirección General de Protocolo, Cancillería y Órdenes

    La Dirección General de Protocolo, Cancillería y Órdenes prepara actos oficiales y viajes de los Reyes, tramita condecoraciones de Isabel la Católica y Mérito Civil, y gestiona misiones diplomáticas y organismos internacionales en España.

  24. Artículo 24 — Dirección General de Comunicación, Diplomacia Pública y Redes

    La Dirección General de Comunicación, Diplomacia Pública y Redes ejerce la portavocía oficial, planifica la comunicación estratégica, ejecuta la diplomacia pública y gestiona la comunicación digital para promover la imagen de España.

  25. Artículo 25 — Dirección General de Diplomacia Económica

    La Dirección General de Diplomacia Económica propone políticas de relaciones económicas bilaterales y multilaterales (OCDE), coopera en ámbitos aéreo, marítimo y espacial, negocia acuerdos internacionales y defiende la reputación económica de España.

  26. Disposición adicional primera — Supresión de órganos

    Se suprimen 12 órganos: 9 Subdirecciones Generales (África, América, Asia, etc.) y 3 Divisiones (Relaciones con CCAA, Tratados, Evaluación).

  27. Disposición adicional segunda — Referencias normativas a órganos suprimidos

    Las referencias normativas a los órganos suprimidos se entienden hechas a los que crean, sustituyen o asumen competencias, o al órgano del que dependieran.

  28. Disposición adicional tercera — Delegación de competencias

    Las delegaciones de competencias vigentes siguen válidas hasta revocación. Si el órgano delegado se suprime, la delegación vale para el órgano con competencia equivalente.

  29. Disposición adicional cuarta — Suplencia de las personas titulares de los órganos directivos

    La suplencia por vacancia, ausencia o enfermedad corresponde a los titulares de órganos directivos dependientes, por orden de aparición en la estructura, salvo designación previa.

  30. Disposición adicional quinta — Academia de España en Roma

    La Academia de España en Roma depende del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. Su gestión orgánica corresponde a la Subsecretaría y la funcional a la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional.

  31. Disposición adicional sexta — Red de casas

    Los consorcios de la red de casas, con participación del Ministerio, se relacionan con este a través de la Secretaría de Estado competente según el área geográfica de cada consorcio.

  32. Disposición adicional séptima — Consolidación de unidades TIC

    La Subdirección General de Informática, Comunicaciones y Redes promoverá la consolidación de recursos humanos, económicos, técnicos y materiales, colaborando con las unidades competentes del Ministerio y sus organismos.

  33. Disposición adicional octava — Modificaciones presupuestarias

    El Ministerio de Hacienda realizará las modificaciones presupuestarias necesarias para cumplir lo previsto en este real decreto.

  34. Disposición transitoria única — Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a subdirección general

    Las unidades y puestos inferiores a subdirección general subsisten hasta adaptar las relaciones de puestos, sin incremento de gasto. Las suprimidas se adscriben provisionalmente por la Subsecretaría.

  35. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Queda derogado el Real Decreto 267/2022, de 12 de abril, sobre la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, y cuantas disposiciones de igual o menor rango se opongan.

  36. Disposición final primera — Autorización para la modificación de la regulación o supresión de los órganos colegiados, grupos y comisiones de trabajo ministeriales

    Se autoriza al titular del Ministerio de Asuntos Exteriores para modificar o suprimir órganos colegiados, grupos y comisiones de trabajo ministeriales de alcance puramente ministerial.

  37. Disposición final segunda — Facultades de desarrollo normativo

    Se autoriza al titular del Ministerio de Asuntos Exteriores para adoptar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de este real decreto.

  38. Disposición final tercera — Entrada en vigor

    El Real Decreto 1184/2024, de 28 de noviembre, que desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
29 de noviembre de 2024
Departamento
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública

Leyes en las que se basa

Leyes que la modifican

  • los arts. 16.2 y 17.2, por Real Decreto 412/2025, de 27 de mayo BOE-A-2025-10493
  • y se regula la Comisión Interministerial de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global: Real Decreto 140/2025, de 25 de febrero BOE-A-2025-4614
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