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En vigorOrden

Orden PCM/1047/2022, de 1 de noviembre, por la que se aprueba y se publica el procedimiento de valoración de los puestos de trabajo previsto en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres

También conocida como: O 1047/2022, O 1047/22
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3 de noviembre de 2022·Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática·BOE-A-2022-18040
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma ayuda a las empresas a evaluar sus puestos de trabajo para asegurar que hombres y mujeres cobren lo mismo por tareas de igual valor.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (7 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Aprobación y publicación del procedimiento de valoración de los puestos de trabajo

    Se aprueba el procedimiento de valoración de puestos con perspectiva de género. Su implementación es voluntaria mediante una herramienta publicada en las webs del Ministerio de Trabajo e Instituto de las Mujeres.

  2. Artículo 2 — Cumplimiento de los requisitos formales exigidos en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres

    La valoración de puestos realizada con la herramienta del artículo anterior se entiende que cumple los requisitos formales del Real Decreto 902/2020.

  3. Disposición adicional primera — Seguimiento de las herramientas de valoración de puestos de trabajo y de igualdad retributiva

    El Ministerio de Trabajo, el Ministerio de Igualdad y las organizaciones sindicales y empresariales realizan el seguimiento de la herramienta de valoración de puestos de trabajo y de la herramienta de igualdad retributiva (IR!).

  4. Disposición adicional segunda — Guía de uso de la herramienta de valoración de puestos de trabajo

    El Ministerio de Trabajo y Economía Social y el Instituto de las Mujeres publicarán una Guía de uso de la herramienta de valoración de puestos de trabajo.

  5. Disposición adicional tercera — Ausencia de incremento del gasto

    Las medidas de esta orden se realizan con los medios propios de cada Ministerio, sin incremento del gasto público ni de dotaciones, retribuciones u otros gastos de personal.

  6. Disposición final primera — Título competencial

    Esta orden se dicta al amparo del artículo 149.1.7.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación laboral.

  7. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    La Orden PCM/1047/2022, de 1 de noviembre, sobre el procedimiento de valoración de puestos de trabajo, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
3 de noviembre de 2022
Departamento
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

Leyes en las que se basa

brecha salarialdiscriminación laboraligualdad hombre mujerigualdad salarialnómina justasueldo igualitariovaloración de puestos