Orden PCM/1047/2022, de 1 de noviembre, por la que se aprueba y se publica el procedimiento de valoración de los puestos de trabajo previsto en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres
También conocida como: O 1047/2022, O 1047/22Esta norma ayuda a las empresas a evaluar sus puestos de trabajo para asegurar que hombres y mujeres cobren lo mismo por tareas de igual valor.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (7 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Aprobación y publicación del procedimiento de valoración de los puestos de trabajo
Se aprueba el procedimiento de valoración de puestos con perspectiva de género. Su implementación es voluntaria mediante una herramienta publicada en las webs del Ministerio de Trabajo e Instituto de las Mujeres.
Artículo 2 — Cumplimiento de los requisitos formales exigidos en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres
La valoración de puestos realizada con la herramienta del artículo anterior se entiende que cumple los requisitos formales del Real Decreto 902/2020.
Disposición adicional primera — Seguimiento de las herramientas de valoración de puestos de trabajo y de igualdad retributiva
El Ministerio de Trabajo, el Ministerio de Igualdad y las organizaciones sindicales y empresariales realizan el seguimiento de la herramienta de valoración de puestos de trabajo y de la herramienta de igualdad retributiva (IR!).
Disposición adicional segunda — Guía de uso de la herramienta de valoración de puestos de trabajo
El Ministerio de Trabajo y Economía Social y el Instituto de las Mujeres publicarán una Guía de uso de la herramienta de valoración de puestos de trabajo.
Disposición adicional tercera — Ausencia de incremento del gasto
Las medidas de esta orden se realizan con los medios propios de cada Ministerio, sin incremento del gasto público ni de dotaciones, retribuciones u otros gastos de personal.
Disposición final primera — Título competencial
Esta orden se dicta al amparo del artículo 149.1.7.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación laboral.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
La Orden PCM/1047/2022, de 1 de noviembre, sobre el procedimiento de valoración de puestos de trabajo, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Leyes en las que se basa
- el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre BOE-A-2020-12215
¿Quieres saber cuándo cambia esta ley?
Cada cambio queda registrado en nuestro repositorio público. Síguelo con cualquier lector de noticias, sin darnos ningún dato: canal de cambios de esta ley · historial en GitHub.