Ley Orgánica 12/2022, de 30 de septiembre, de reforma de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, para la regulación del ejercicio del voto por los españoles que viven en el extranjero
También conocida como: LO 12/2022, LO 12/22Esta ley elimina el voto rogado, facilitando que los españoles que viven en el extranjero puedan votar en las elecciones de forma más sencilla.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
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Artículo único — Modificación de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General
La Ley Orgánica 12/2022 reforma la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General. Modifica los artículos 75, 103.1 y 107.2 para regular el ejercicio del voto por los españoles residentes en el extranjero.
Disposición adicional primera
El Gobierno debe implementar el voto telemático para españoles en el extranjero en 12 meses, con informe de la Junta Electoral Central, garantizando mecanismos alternativos para quienes no tengan medios digitales.
Disposición adicional segunda
En 6 meses, el Gobierno verificará datos y fe de vida de residentes ausentes, revisará normativa consular y adoptará medidas para que enfermos y personas con discapacidad puedan votar, con informe de la Junta Electoral Central.
Disposición adicional tercera
En 6 meses, el Gobierno establecerá condiciones para nuevos centros de depósito de voto (además de embajadas), definiendo garantías, procedimientos y dotaciones materiales con sistemas de seguridad para sobres.
Disposición final
La Ley Orgánica 12/2022, de 30 de septiembre, sobre el voto de españoles en el extranjero, entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- los arts. 75, 103.1 y 107.2 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio BOE-A-1985-11672
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