Saltar al contenido
← Volver
En vigor Ley Orgánica

Ley Orgánica 6/2022, de 12 de julio, complementaria de la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal

También conocida como: LO 6/2022, LO 6/22
Ver en BOE
13 de julio de 2022 · Jefatura del Estado · BOE-A-2022-11588
Resumen ciudadano

Esta ley endurece las penas en el Código Penal para castigar con mayor dureza los delitos cometidos por motivos de discriminación o prejuicios.

2
Artículos
1
Versiones

Información general

Tipo de ley
Ley Orgánica
Vigencia
En vigor
Publicación
13 de julio de 2022
Departamento
Jefatura del Estado
delitos de odiodelitos por orientación sexualdelitos por racismodenunciar discriminacióndiscriminación en el trabajodiscriminación por discapacidadigualdad de tratoprotección contra la discriminación

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Ley Orgánica 6/2022, de 12 de julio, complementaria de la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal

FELIPE VI

REY DE ESPAÑA

A todos los que la presente vieren y entendieren.

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley orgánica:

PREÁMBULO

I

La Comisión de Igualdad del Congreso de los Diputados aprobó con fecha de 27 de abril de 2022 la Proposición de Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación, con la introducción de una disposición final nueva de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. Al tratarse de una modificación de carácter orgánico, la Comisión de Igualdad acordó elevar a la Mesa de la Cámara la solicitud de desglose de dicha parte orgánica.


Artículo único. Modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

Uno. Se modifica el artículo 22, excepción 4.ª, que queda redactado como sigue:

Dos. Se modifican los puntos 1 y 2 del artículo 510 que quedan redactados como sigue:


Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente ley orgánica entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley orgánica.

Madrid, 12 de julio de 2022.

FELIPE R.

El Presidente del Gobierno,

PEDRO SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN