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Ley 17/2020, de 22 de diciembre, de modificación de la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista

También conocida como: L 17/2020, L 17/20
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13 de enero de 2021·23 de abril de 2024·Comunidad Autónoma de Cataluña·BOE-A-2021-464
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley refuerza la protección y los derechos de las mujeres frente a cualquier forma de violencia machista, incluyendo el acoso y la violencia digital.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (28 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Modificación del artículo 2 de la Ley 5/2008

    Se modifica el apartado 2 del artículo 2 de la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, estableciendo su nueva redacción.

  2. Artículo 2 — Modificación del artículo 3 de la Ley 5/2008

    La Ley 17/2020 modifica el artículo 3 de la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, estableciendo una nueva redacción para dicha norma.

  3. Artículo 3 — Modificación del artículo 4 de la Ley 5/2008

    Se modifica el artículo 4 de la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, estableciendo una nueva redacción para dicha norma.

  4. Artículo 4 — Modificación del artículo 5 de la Ley 5/2008

    Se modifica el artículo 5 de la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, mediante la Ley 17/2020, de 22 de diciembre.

  5. Artículo 5 — Modificación del artículo 6 de la Ley 5/2008

    Se modifica el artículo 6 de la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, mediante la Ley 17/2020, de 22 de diciembre.

  6. Artículo 6 — Modificación del artículo 7 de la Ley 5/2008

    Se modifica el artículo 7 de la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, mediante la Ley 17/2020, de 22 de diciembre.

  7. Artículo 7 — Adición de un apartado al artículo 8 de la Ley 5/2008

    Se añade un apartado 5 al artículo 8 de la Ley 5/2008, de 22 de diciembre, de modificación de la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

  8. Artículo 8 — Adición de un artículo, el 8 bis, a la Ley 5/2008

    Se añade el artículo 8 bis a la Ley 5/2008, de 22 de diciembre, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, mediante la Ley 17/2020.

  9. Artículo 9 — Adición de un artículo, el 8 ter, a la Ley 5/2008

    Se añade el artículo 8 ter a la Ley 5/2008, de 22 de diciembre, de modificación de la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

  10. Artículo 10 — Adición de un apartado al artículo 9 de la Ley 5/2008

    Se añade un apartado 6 al artículo 9 de la Ley 5/2008, de 22 de diciembre, de modificación de la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

  11. Artículo 11 — Adición de un apartado al artículo 12 de la Ley 5/2008

    Se añade un apartado 3 al artículo 12 de la Ley 5/2008, de 2008, sobre el derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista. El texto específico de este nuevo apartado no se detalla en el artículo modificado.

  12. Artículo 12 — Adición de un apartado al artículo 15 de la Ley 5/2008

    Se añade un apartado 3 al artículo 15 de la Ley 5/2008, de 22 de diciembre, de modificación de la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

  13. Artículo 13 — Modificación del artículo 17 de la Ley 5/2008

    La Ley 17/2020 modifica el artículo 17 de la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, estableciendo una nueva redacción para dicha norma.

  14. Artículo 14 — Modificación del artículo 19 de la Ley 5/2008

    Se modifica el artículo 19 de la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, mediante la Ley 17/2020, de 22 de diciembre.

  15. Artículo 15 — Modificación del artículo 29 de la Ley 5/2008

    Se modifica el artículo 29 de la Ley 5/2008, de 22 de diciembre, de modificación de la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

  16. Artículo 17 — Adición de cuatro apartados al artículo 31 de la Ley 5/2008

    Se añaden cuatro apartados, del 4 al 7, al artículo 31 de la Ley 5/2008, de 22 de diciembre, de modificación de la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

  17. Artículo 18 — Modificación del artículo 33 de la Ley 5/2008

    Se modifica la letra f) del apartado 2 del artículo 33 de la Ley 5/2008 y se añade un nuevo apartado 4 al mismo artículo, estableciendo su nueva redacción.

  18. Artículo 19 — Modificación del artículo 46 de la Ley 5/2008

    Se modifica el artículo 46 de la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, estableciendo una nueva redacción para dicha norma.

  19. Artículo 20 — Modificación del artículo 55 de la Ley 5/2008

    Se modifica el apartado 1 del artículo 55 de la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, mediante la Ley 17/2020, de 22 de diciembre.

  20. Artículo 21 — Modificación del artículo 68 de la Ley 5/2008

    Se modifica el artículo 68 de la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, mediante la Ley 17/2020, de 22 de diciembre.

  21. Artículo 22 — Modificación del artículo 69 de la Ley 5/2008

    Se modifica el artículo 69 de la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, estableciendo una nueva redacción para dicha norma.

  22. Artículo 23 — Modificación del artículo 70 de la Ley 5/2008

    Se modifica el artículo 70 de la Ley 5/2008, de 22 de diciembre, de modificación de la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista. El texto queda redactado del siguiente modo.

  23. Artículo 24 — Adición de un artículo, el 76 bis, a la Ley 5/2008

    Se añade el artículo 76 bis a la Ley 5/2008, de 22 de diciembre, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, mediante la Ley 17/2020.

  24. Artículo 25 — Adición de un artículo, el 76 ter, a la Ley 5/2008

    Se añade el artículo 76 ter a la Ley 5/2008, de 22 de diciembre, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, mediante la Ley 17/2020.

  25. Artículo 26 — Adición de un apartado a la disposición adicional primera de la Ley 5/2008

    Se añade el apartado 2 bis a la disposición adicional primera de la Ley 5/2008, mediante la Ley 17/2020, de 22 de diciembre, de modificación de la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

  26. Artículo 27 — Adición de dos disposiciones adicionales a la Ley 5/2008

    Se añaden dos disposiciones adicionales, la decimotercera y la decimocuarta, a la Ley 5/2008, de 22 de diciembre, de modificación de la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

  27. Disposición adicional — Efectos de los preceptos que conllevan gastos con cargo a los presupuestos de la Generalidad

    Los preceptos que conlleven gastos con cargo a los presupuestos de la Generalidad producen efectos a partir de la entrada en vigor de la ley de presupuestos del ejercicio inmediatamente posterior.

  28. Disposición final — Proyecto de ley de atención a los hijos e hijas de las mujeres víctimas de violencia machista

    El Gobierno debe presentar en 9 meses un proyecto de ley para garantizar la atención a hijos de víctimas de violencia machista sin juicios, incluyendo menores de 14-16 años. Durante este plazo, se garantiza dicha atención.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
13 de enero de 2021
Departamento
Comunidad Autónoma de Cataluña

Notas oficiales

Publicada en el DOGC núm. 8303, de 24 de diciembre de 2020.

Leyes en las que se basa

  • los arts. 65 y 67 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio BOE-A-2006-13087
  • determinados preceptos y AÑADE los arts. 8 bis, 8 ter, 76 bis, 76 ter, el capítulo 8 del título II, y las disposiciones adicionales 13 y 14 a la Ley 5/2008, de 24 de abril BOE-A-2008-9294

Leyes que la modifican

  • en el Recurso 1719/2021, la inconstitucionalidad y nulidad del artículo 16 y la desestimación de todo lo demás, por Sentencia 44/2024, de 12 de marzo de 2024 BOE-A-2024-8187
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