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En vigorOrden

Orden TED/180/2021, de 10 de febrero, por la que se crea y regula el Sistema Archivístico del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

También conocida como: O 180/2021, O 180/21
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3 de marzo de 2021·Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico·BOE-A-2021-3309
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma organiza cómo el Ministerio para la Transición Ecológica guarda y gestiona sus documentos para asegurar que estén bien conservados.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (11 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto y ámbito de aplicación

    Se crea el sistema archivístico del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Se establecen normas de organización, funciones de órganos, gestión de archivos, transferencias, eliminaciones y protección de documentos públicos.

  2. Artículo 2 — Sistema Archivístico del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Definiciones

    El Sistema Archivístico del Ministerio es el conjunto de normas y medios para gestionar y proteger sus Archivos y Patrimonio Documental. Los Archivos son conjuntos de documentos generados por organismos dependientes. El Patrimonio Documental incluye cualquier expresión (gráfica, sonora, imagen) enso

  3. Artículo 3 — Composición y funcionamiento del Sistema Archivístico del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

    El Sistema Archivístico incluye el Archivo General y archivos de gestión. La Subsecretaría dirige el sistema. El Archivo General coordina, controla y asesora. Los archivos de gestión conservan documentos en trámite o uso continuo, no superando 5 años de antigüedad salvo excepciones.

  4. Artículo 4 — Funciones de la Subsecretaría en materia archivística

    La Subsecretaría dirige el sistema archivístico. Sus funciones incluyen: coordinar archivos e inspeccionar trabajos; elaborar normas técnicas con informe del Grupo de Trabajo; mantener el Censo del Patrimonio Documental; y asesorar técnicamente a autoridades y organismos responsables.

  5. Artículo 5 — Régimen y calendario de transferencias

    La transferencia de documentos pasa de archivos de gestión al Archivo General. La Subsecretaría aprueba un calendario anual previo informe del Grupo de Trabajo. Las transferencias siguen instrucciones técnicas y van acompañadas de instrumentos de control. Se pueden fijar criterios por resolución.

  6. Artículo 6 — Eliminación de documentos

    La eliminación es la destrucción física de documentos tras valoración. El Grupo de Trabajo propone eliminación o conservación permanente a la Comisión Superior Calificadora, conforme al Real Decreto 1164/2002 y la Ley 16/1985, para dictamen preceptivo sobre documentos del Departamento.

  7. Artículo 7 — Actividades culturales y científicas

    Las actividades culturales y científicas requieren convenio con instituciones afectadas, regulado por los artículos 47 a 53 de la Ley 40/2015.

  8. Artículo 8 — Personal de los archivos

    El personal del Archivo General debe tener capacitación adecuada. Los responsables distribuyen tareas para asegurar el funcionamiento.

  9. Disposición adicional única — No incremento del gasto ni de dotación de recursos humanos

    El Sistema Archivístico no incrementa gasto público ni dotación de recursos humanos. No hay indemnización por participar en el Grupo de Trabajo.

  10. Disposición final primera — Título competencial

    La orden se basa en el artículo 149.1.28.ª de la Constitución, que atribuye al Estado competencia exclusiva en archivos de titularidad estatal.

  11. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    La Orden TED/180/2021, de 10 de febrero, que crea y regula el Sistema Archivístico del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
3 de marzo de 2021
Departamento
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Leyes en las que se basa

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