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En vigorOrden

Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias

También conocida como: O 1007/2021, O 1007/21
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25 de septiembre de 2021·12 de julio de 2024·Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana·BOE-A-2021-15557
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma organiza cómo se reparten las tareas y la gestión del dinero dentro del Ministerio de Transportes para que funcione correctamente.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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  1. Primero. Límites de gasto

    Se fijan límites de gasto. El titular de la Secretaría de Estado puede administrar créditos hasta 35 millones de euros para aprobar gastos, comprometerlos y reconocer obligaciones, excepto capítulo I. Para conceder subvenciones y ayudas, el límite es de 12 millones de euros.

  2. Segundo. Administración de personal

    Se delegan competencias de personal en la Subsecretaría (nombramientos, productividad, sanciones), Secretaría de Estado (nombramientos, objetivos), y Dirección General de Organización e Inspección. La Subsecretaría delega en Directores Generales, Subdirecciones (vacaciones, salvo excedencias), Organ

  3. Tercero. Contratación

    Se delegan competencias de contratación. Titulares de Secretarías y Direcciones Generales gestionan según créditos. Para contratos >1M€, competencias reservadas a Secretaría de Estado (adjudicación, modificaciones). Para <1M€, se delegan en titulares o Secretarías Generales. <100k€ a Directores/Subd

  4. Cuarto. Encargos a medios propios

    Se delegan competencias en encargos a medios propios. Subsecretaría: >3M€. Secretarías/Direcciones: <3M€. Secretaría de Estado: 1-3M€ (Secretarías Generales) o <1M€ (Direcciones), con modificaciones permitidas.

  5. Quinto. Convenios y Protocolos Generales de Actuación

    Se delegan competencias en convenios y protocolos. La Secretaría de Estado y otras direcciones generales firman convenios en su ámbito. La DIGN y la Subsecretaría firman convenios del IGNO según cuantía (< o > 1M€). Las Direcciones Generales firman convenios <1M€, salvo innovación Feder sin límite.

  6. Sexto. Modificaciones presupuestarias

    Se delega en el titular de la Dirección General de Programación Económica y Presupuestos la competencia para realizar modificaciones presupuestarias, atribuida originalmente al titular del Departamento.

  7. Séptimo. Ordenación de gastos y propuestas de pago

    Se delega la ordenación de gastos y pagos en titulares de Direcciones y Subdirecciones Generales del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Incluye límites de 100.000 euros para Subdirecciones y competencias sobre créditos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (servicio 50).

  8. Octavo. Anticipos de caja fija

    Se delegan competencias en anticipos de caja fija. La DGOI determina el ámbito, el gasto máximo y su distribución. La DSG AGF gestiona la caja central (pagos, reposición, cuentas). Para otras cajas, las Direcciones Generales y Jefes de Demarcaciones de Carreteras gestionan pagos y cuentas.

  9. Noveno. Subvenciones y transferencias

    Se delegan competencias en subvenciones y transferencias. La Subsecretaría aprueba planes y resuelve convocatorias competitivas y directas. Otros órganos aprueban ayudas con asignación nominativa. La DGOI resuelve convocatorias <1M€. La DSG AGF aprueba ayudas del servicio 01. La Secretaría de Estado

  10. Décimo. Informe agregado de operaciones en el ámbito del Ministerio

    Se delega en la Subsecretaría la aprobación del informe agregado de operaciones del Ministerio para la rendición de cuentas ante el Tribunal de Cuentas, según la regla 40 de la Instrucción de Contabilidad.

  11. Undécimo. Patrimonio y expropiación forzosa

    Se delegan competencias en la Subsecretaría (Bienes de Interés Cultural), Dirección General de Organización (inmuebles) y otros órganos para enajenar bienes obsoletos o gestionar expropiaciones forzosas en infraestructuras.

  12. Duodécimo. Recursos, otros procedimientos de revisión y responsabilidad patrimonial

    Se delegan competencias en la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la Secretaría General de Infraestructuras y la Subsecretaría para resolver recursos, revisiones y responsabilidad patrimonial. Los importes de indemnización superiores a 50.000 euros corresponden a laSecret

  13. Decimotercero. Reconocimiento de títulos

    Se delega en la Secretaría General Técnica la competencia para resolver procedimientos de reconocimiento de títulos de enseñanza superior de la UE y EEE, relacionados con profesiones del Ministerio.

  14. Decimocuarto. Publicaciones

    Se delega en la Subsecretaría la aprobación y revisión semestral del programa editorial anual. En la Secretaría General Técnica, la inclusión excepcional de publicaciones por necesidad y urgencia.

  15. Decimoquinto. Infracciones y sanciones

    Se delega en la Secretaría General de Infraestructuras imponer sanciones muy graves en carreteras. Se delega en Direcciones Generales la designación de instructores e incoación de sanciones por subvenciones específicas.

  16. Decimosexto. Carreteras

    Se delegan competencias en carreteras: Secretaría de Estado aprueba expedientes, pliegos y cesiones; Delegado del Gobierno desvía tráfico urg. máx. 1 mes; Dirección General modifica red. Subdirecciones gestionan túneles, contratos <100k/5M€, certificaciones y demarcaciones expropiaciones, emerg. y <

  17. Decimoséptimo. Concesiones de autopistas nacionales de peaje

    Se delega en la Secretaría de Estado de Transportes la gestión de concesiones de autopistas nacionales de peaje, salvo lo establecido en el apartado decimosexto 1.B) de esta orden.

  18. Decimoctavo. Infraestructuras y servicios ferroviarios

    Se delegan competencias ferroviarias en la Secretaría de Estado (definición de red, proyectos, puertos), Secretaría General (contratos) y Dirección General (expropiaciones, clausuras, estudios). Subdirecciones gestionan contratos hasta 100.000€. Delegados gubernamentales en Álava, Guipúzcoa y Vizcay

  19. Decimonoveno. Aviación Civil

    La Secretaría de Estado de Transportes delega en la Dirección General de Aviación Civil la competencia para emitir informes previos sobre establecimiento, modificación y apertura de aeródromos y aeropuertos autonómicos, así como la aprobación de planes de ordenación de sus zonas de servicios.

  20. Orden tma/1007/2021, de 9 de septiembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias — Vigésimo. Puertos y Marina Mercante

    Se delegan competencias en Transportes (Marco Estratégico, discrepancias) y Marina Mercante (abanderamiento). La DG Marina delega en Subdirección (calidad, autorizaciones construcción/transformación buques ≥12/24m) y Capitanes (exenciones radio, autorizaciones buques <12/24m).

  21. Orden tma/1007/2021, de 9 de septiembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias — Vigesimoprimero. Transporte Terrestre

    La Dirección General de Transporte Terrestre delega en la Subdirección General de Gestión, Análisis e Innovación del Transporte Terrestre la gestión de tasas por servicios de ordenación de transportes terrestres por carretera, según el artículo 27 de la Ley 13/1996.

  22. Orden tma/1007/2021, de 9 de septiembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias — Vigesimosegundo. Agenda Urbana y Vivienda

    Se delegan competencias en Agenda Urbana y Arquitectura para resolver ayudas al Patrimonio Histórico (Programa 1,5% cultural), modificar plazos y aprobar proyectos. También se delega en Subdirecciones Generales la gestión de subvenciones, aprobación de programas, designación de coordinadores de obra

  23. Orden tma/1007/2021, de 9 de septiembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias — Vigesimotercero. Aprobación y aceptación de las delegaciones

    Las delegaciones de esta Orden requieren aprobación previa según la Ley 40/2015. La titular del Departamento aprueba las de Secretaría de Estado y Subsecretaría. La Secretaría General de Infraestructuras aprueba las de Carreteras y Planificación Ferroviaria (esta última con aprobación del Delegado

  24. Orden tma/1007/2021, de 9 de septiembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias — Vigesimocuarto. Revocación de delegaciones anteriores

    Se revocan las delegaciones contenidas en las Órdenes FOM/1644/2012, FOM/756/2014, FOM/731/2015, FOM/1356/2016, FOM/1717/2016, FOM/204/2017, FOM/509/2018, y las Resoluciones de 12 de junio de 2015 y 30 de diciembre de 2020, junto con cuantas otras se opongan a esta Orden.

  25. Orden tma/1007/2021, de 9 de septiembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias — Vigesimoquinto. Eficacia

    La Orden TMA/1007/2021 produce efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
25 de septiembre de 2021
Departamento
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

Leyes en las que se basa

  • la Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio BOE-A-2012-9954
  • la Orden FOM/756/2014, de 8 de mayo BOE-A-2014-4975
  • la Ley 40/2015, de 1 de octubre BOE-A-2015-10566
  • la Orden FOM/731/2015, de 17 de abril BOE-A-2015-4467
  • la Resolución de 12 de junio de 2015 BOE-A-2015-7285
  • la Orden FOM/1356/2016, de 20 de julio BOE-A-2016-7634
  • la Orden FOM/1717/2016, de 27 de octubre BOE-A-2016-9923
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre BOE-A-2017-12902
  • la Orden FOM/204/2017, de 6 de marzo BOE-A-2017-2598
  • la Orden FOM/509/2018, de 19 de abril BOE-A-2018-6801
  • el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero BOE-A-2020-1246
  • el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero BOE-A-2020-410
  • el Real Decreto 645/2020, de 7 de julio BOE-A-2020-7508
  • la Resolución de 30 de diciembre de 2020 BOE-A-2021-1366

Leyes que la modifican

  • determinados preceptos, por Orden TMA/221/2022, de 21 de marzo BOE-A-2022-4623
  • determinados preceptos, por Orden TMA/355/2023, de 10 de abril BOE-A-2023-9018
  • lo indicado, por Orden VAU/717/2024, de 5 de julio BOE-A-2024-14299
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