Orden EFP/757/2020, de 3 de agosto, por la que se crea la Comisión de trabajo para el seguimiento de la COVID-19 en el Ministerio de Educación y Formación Profesional
También conocida como: O 757/2020, O 757/20Esta norma crea un grupo de trabajo en el Ministerio de Educación para vigilar y gestionar la situación del COVID-19 en los centros educativos.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (8 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Creación
Se crea en el Ministerio de Educación y Formación Profesional la Comisión de Trabajo para el seguimiento de la COVID-19 en educación no universitaria y formación profesional, como grupo de trabajo.
Artículo 2 — Objeto
La Comisión realiza el seguimiento de la evolución e impacto de la COVID-19 en educación y formación profesional, reforzando el contacto con administraciones sanitarias para compartir estrategias.
Artículo 3 — Composición
La Comisión la preside el titular de la DG de Planificación y Gestión Educativa. La integran seis vocales de distintos órganos directivos. La Secretaría la ejerce un funcionario de la DG de Planificación.
Artículo 4 — Funciones
La Comisión intercambia información con otras administraciones educativas y Sanidad, identifica necesidades normativas, desigualdades en el acceso, propone medidas, realiza seguimiento y colabora en la evaluación.
Artículo 5 — Organización y medios
La constitución y funcionamiento de la Comisión no supone incremento del gasto público. Se atenderá con los medios materiales, técnicos y personales existentes en el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Artículo 6 — Constitución y funcionamiento
El Presidente convoca la sesión de constitución formal. Establece el método de trabajo, el calendario de sesiones y decide sobre los aspectos necesarios para el desarrollo de las funciones de la Comisión.
Disposición final primera — Vigencia de la Comisión
La Comisión de Trabajo para el seguimiento de la COVID-19 en el Ministerio de Educación y Formación Profesional mantendrá su funcionamiento mientras duren los efectos derivados de la pandemia.
Disposición final segunda — Efectos
La Orden EFP/757/2020, de 3 de agosto, que crea la Comisión de trabajo para el seguimiento de la COVID-19 en el Ministerio de Educación y Formación Profesional, produce efectos desde el día de su publicación.
Información general
Temas
Notas oficiales
Efectos desde el 5 de agosto de 2020.
Leyes en las que se basa
- el art. 22.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre BOE-A-2015-10566
- el Real Decreto 498/2020, de 28 de abril BOE-A-2020-4764
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