En vigorInstrucción
Resolución de 28 de julio de 2020, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de julio de 2020, por el que se establecen los términos y condiciones del primer tramo de la línea de avales a financiación concedida a empresas y autónomos con la finalidad principal de financiar inversiones y se autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria
Resumen en lenguaje sencillo
Esta norma regula las condiciones para que autónomos y empresas puedan pedir préstamos avalados por el Estado para realizar inversiones en su negocio.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
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Versiones
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Categorías
Qué ha cambiado
1 modificación desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 4 de noviembre de 2020Reforma BOE-A-2020-13496Ver qué cambió →
- 29 de julio de 2020Versión original BOE-A-2020-8686
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- el art. 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre BOE-A-2003-21614
- Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo BOE-A-2020-3824
- el Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio BOE-A-2020-7311
Leyes que la modifican
- el anexo I.2, por Resolución de 3 de noviembre de 2020 BOE-A-2020-13496
- y regula el sexto tramo de avales para la inversión: Acuerdo publicado por Resolución de 28 de mayo de 2021 BOE-A-2021-9063
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