Orden INT/409/2020, de 14 de mayo, por la que se prorrogan los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19
También conocida como: O 409/2020, O 409/20Esta norma limita temporalmente la entrada a España desde países fuera de la Unión Europea para frenar los contagios por COVID-19.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Información general
Temas
Notas oficiales
Vigencia desde las 00:00 horas del 16 de mayo de 2020 hasta las 24:00 horas del 15 de junio de 2020.
Esta disposición ha dejado de estar vigente
Véase la Orden SND/521/2020, de 13 de junio, por la que se prorrogan los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen. BOE-A-2020-6107
Leyes en las que se basa
- el art. 4.2 y 3 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo BOE-A-2020-3692
- prórroga de las restricciones temporales, con la Orden INT/270/2020, de 21 de marzo BOE-A-2020-3972
- Orden INT/356/2020, de 20 de abril BOE-A-2020-4539
- Orden INT/401/2020, de 11 de mayo BOE-A-2020-4929
- los arts. 6 y 14 del Reglamento (UE) 2016/399, de 9 de marzo DOUE-L-2016-80504
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