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Ya no está en vigorOrden

Orden INT/409/2020, de 14 de mayo, por la que se prorrogan los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19

También conocida como: O 409/2020, O 409/20
Ver en BOE
15 de mayo de 2020·Ministerio del Interior·BOE-A-2020-5053
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma limita temporalmente la entrada a España desde países fuera de la Unión Europea para frenar los contagios por COVID-19.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
Ya no está en vigor
Publicación
15 de mayo de 2020
Departamento
Ministerio del Interior

Notas oficiales

Vigencia desde las 00:00 horas del 16 de mayo de 2020 hasta las 24:00 horas del 15 de junio de 2020.

Esta disposición ha dejado de estar vigente

Véase la Orden SND/521/2020, de 13 de junio, por la que se prorrogan los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen. BOE-A-2020-6107

Leyes en las que se basa

  • el art. 4.2 y 3 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo BOE-A-2020-3692
  • prórroga de las restricciones temporales, con la Orden INT/270/2020, de 21 de marzo BOE-A-2020-3972
  • Orden INT/356/2020, de 20 de abril BOE-A-2020-4539
  • Orden INT/401/2020, de 11 de mayo BOE-A-2020-4929
  • los arts. 6 y 14 del Reglamento (UE) 2016/399, de 9 de marzo DOUE-L-2016-80504
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