Saltar al contenido
← Volver
En vigorOrden

Orden PCM/1028/2020, de 30 de octubre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Seguridad Nacional por el que se aprueba el procedimiento para la elaboración de la Estrategia de Seguridad Nacional 2021

También conocida como: O 1028/2020, O 1028/20
Ver en BOE
5 de noviembre de 2020·Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática·BOE-A-2020-13661
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma establece cómo el Gobierno debe preparar y actualizar los planes para proteger al país ante posibles crisis, emergencias o amenazas.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

9
Artículos
1
Versiones
8
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (9 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Exposición — Primero

    Se aprueba el procedimiento para la elaboración de la Estrategia de Seguridad Nacional 2021, que figura como anexo al acuerdo del Consejo de Seguridad Nacional.

  2. Exposición — Segundo

    El acuerdo se publica en el Boletín Oficial del Estado y produce efectos desde el día siguiente al de su publicación en dicho boletín.

  3. Primero. Órgano competente para su elaboración

    El Consejo de Seguridad Nacional es el órgano responsable de la elaboración de la Estrategia de Seguridad Nacional.

  4. Segundo. Comisión de Alto Nivel

    Se crea la Comisión de Alto Nivel, presidida por el Director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno, integrada por secretarios de Estado, subsecretarios y altos cargos de múltiples ministerios.

  5. Tercero. Grupo de Trabajo de la Comisión de Alto Nivel

    Cada departamento ministerial y el Centro Nacional de Inteligencia designan un representante para el grupo de trabajo técnico. La dirección y coordinación del grupo la asume el Departamento de Seguridad Nacional.

  6. Cuarto. Comité Asesor

    Se crea un Comité Asesor con expertos públicos, privados y civiles para aportar observaciones al borrador de la Estrategia de Seguridad Nacional.

  7. Quinto. Participación de las Comunidades Autónomas, Ceuta y Melilla en el proceso de elaboración de la Estrategia de Seguridad Nacional

    Las Comunidades Autónomas, Ceuta y Melilla participan en la elaboración de la Estrategia de Seguridad Nacional a través de la Conferencia Sectorial.

  8. Sexto. Fases del proceso de elaboración

    El borrador pasa a la Conferencia Sectorial. La Comisión de Alto Nivel lo aprueba como propuesta. El Consejo de Seguridad Nacional emite informe favorable. El Gobierno lo aprueba por Real Decreto en Consejo de Ministros.

  9. Séptimo. Directrices de elaboración

    El borrador debe analizar el entorno, desafíos, amenazas y líneas de acción, optimizando recursos. El Departamento de Seguridad Nacional coordina todo el proceso como Secretaría Técnica del Consejo.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
5 de noviembre de 2020
Departamento
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

Notas oficiales

Efectos desde el 6 de noviembre de 2020.

Leyes en las que se basa

estrategia de defensaplanificación gubernamentalprevención de emergenciasprotección ante crisisseguridad ciudadanaseguridad nacional