Real Decreto 938/2020, de 27 de octubre, por el que se regula el Observatorio "Mujeres, Ciencia e Innovación"
También conocida como: RD 938/2020, RD 938/20Este decreto crea un organismo para analizar y promover la igualdad de género en los ámbitos de la ciencia, la tecnología y la innovación en España.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (10 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Objeto
El Real Decreto 938/2020 crea y regula las funciones, la composición y el funcionamiento del Observatorio «Mujeres, Ciencia e Innovación».
Artículo 2 — Creación y objetivos del Observatorio «Mujeres, Ciencia e Innovación»
Se crea el Observatorio «Mujeres, Ciencia e Innovación» para analizar desigualdades, proponer medidas contra brechas de género y fomentar políticas de igualdad en I+D+I.
Artículo 3 — Naturaleza y adscripción
El Observatorio es un órgano colegiado interministerial que depende directamente de la persona titular del Ministerio de Ciencia e Innovación.
Artículo 4 — Composición
Lo preside el Ministro de Ciencia. Lo componen tres vicepresidencias, diez vocalías de ministerios, representantes de agencias de investigación y organismos públicos, con presencia equilibrada de género.
Artículo 5 — Funcionamiento y régimen jurídico
El Pleno se reúne al menos dos veces al año. Puede crear comisiones de trabajo. Las reuniones pueden ser presenciales o telemáticas, levantándose actas.
Artículo 6 — Funciones
El Observatorio «Mujeres, Ciencia e Innovación» realiza seguimiento de igualdad, evalúa medidas del Ministerio y universidades, informa sobre asuntos de género, propone recomendaciones para reducir desigualdades y visibilizar a científicas, e integra la perspectiva de género en políticas e I+D+I.
Disposición adicional única — No incremento del gasto público
La creación del Observatorio «Mujeres, Ciencia e Innovación» no incrementa el gasto público. Se financia con los medios personales, técnicos y presupuestarios del Ministerio de Ciencia e Innovación.
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Se derogan disposiciones contrarias a este real decreto. En particular, se deroga el Real Decreto 1401/2018, de 23 de noviembre, que creaba el Observatorio «Mujeres, Ciencia e Innovación».
Disposición final primera — Habilitación normativa
Se faculta a la persona titular del Ministerio de Ciencia e Innovación para dictar las disposiciones y adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y aplicación de este real decreto.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
El Real Decreto 938/2020, de 27 de octubre, que regula el Observatorio "Mujeres, Ciencia e Innovación", entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- el Real Decreto 1401/2018, de 23 de noviembre BOE-A-2018-16905
- el art. 1.6.d) del Real Decreto 404/2020, de 25 de febrero BOE-A-2020-2740
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