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En vigorReal Decreto

Real Decreto 6/2018, de 12 de enero, por el que se crea la Comisión Interministerial para la incorporación de criterios ecológicos en la contratación pública

También conocida como: RD 6/2018, RD 6/18
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22 de enero de 2018·Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales·BOE-A-2018-750
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma crea un grupo de trabajo para asegurar que el Estado compre productos y servicios que respeten el medio ambiente.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (11 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Creación y adscripción

    Se crea la Comisión Interministerial para la incorporación de criterios ecológicos en la contratación pública, adscrita como órgano colegiado al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

  2. Artículo 2 — Fines

    La Comisión coordina a la Administración General del Estado, sus organismos, servicios comunes y entidades gestoras de la Seguridad Social en la incorporación y uso de criterios ecológicos en la contratación pública.

  3. Artículo 3 — Composición

    La Comisión la preside la Subsecretaría de Agricultura y Pesca, Vicepresidente la Dirección General del Patrimonio del Estado, y la integran vocales de diversos ministerios y un secretario con voz pero sin voto.

  4. Artículo 4 — Funciones

    La Comisión elabora el Plan de Contratación Pública Ecológica, lo revisa cada siete años, sigue su seguimiento y diseña acciones de formación, elevando informes al Consejo de Ministros.

  5. Artículo 5 — Colaboración con terceros

    La Comisión puede colaborar con expertos y organizaciones, invitándolos a reuniones con voz pero sin voto, sin que esta colaboración genere gastos ni indemnizaciones.

  6. Artículo 6 — Grupos de trabajo

    La Comisión crea grupos de trabajo para asistencia técnica. Su participación no genera gastos ni indemnizaciones por razón del servicio.

  7. Artículo 7 — Normas de funcionamiento

    La Comisión se constituye en un mes. Se reúne cuando el Presidente lo estime o a petición de un tercio de miembros, mínimo una vez al año. Su funcionamiento sigue la Ley 40/2015.

  8. Disposición adicional primera — No aumento del gasto público

    La Comisión se financia con los medios de los Departamentos ministeriales. No supone gastos adicionales ni incremento del gasto público.

  9. Disposición adicional segunda — Supresión de la Comisión Interministerial para la Incorporación de Criterios Medioambientales en la Contratación Pública

    Se suprime la Comisión Interministerial para la Incorporación de Criterios Medioambientales en la Contratación Pública, creada por Acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de mayo de 2006.

  10. Disposición adicional tercera — Cambios estructurales de los departamentos

    Si los departamentos ministeriales cambian estructuralmente, las referencias a órganos desaparecidos o modificados se entienden hechas a los que asuman sus funciones.

  11. Disposición final única — Entrada en vigor

    El Real Decreto 6/2018, de 12 de enero, que crea la Comisión Interministerial para la incorporación de criterios ecológicos en la contratación pública, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
22 de enero de 2018
Departamento
Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales

Leyes en las que se basa

compras públicas ecológicascontratos del estadocriterios ambientalesgestión pública responsableprotección del medio ambientesostenibilidad en administración