Orden ETU/362/2018, de 6 de abril, por la que se modifica la Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre, por la que se regula el mecanismo competitivo de asignación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad
También conocida como: O 362/2018, O 362/18Esta norma regula cómo las grandes empresas pueden reducir su consumo eléctrico a cambio de ayudas para asegurar la estabilidad de la red eléctrica.
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Qué ha cambiado
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Artículo por artículo
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**Artículo único.**Modificación de la Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre, por la que se regula el mecanismo competitivo de asignación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad
Se modifica la Orden IET/2013/2013: se sustituyen referencias de '90 MW' por '40 MW' y se añade requisito de no tener deudas pendientes en los cuatro años anteriores a la solicitud.
Disposición adicional única — Nuevo periodo de entrega comprendido entre el 1 de junio y el 31 de diciembre de 2018
Se establece periodo de entrega 1 junio-31 dic 2018. Plazos: solicitud antes 13 abril 2018; habilitación y notificación por operador del sistema antes 27 abril 2018.
Disposición final primera — Título competencial
La orden se dicta al amparo de los artículos 149.1.13.ª y 25.ª de la Constitución Española, que atribuyen al Estado competencia exclusiva en bases económicas y régimen minero y energético.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
La orden entra en vigor al día siguiente de su publicación. El artículo único aplica desde el periodo de entrega que comienza el 1 de junio de 2018.
Información general
Notas oficiales
Entrada en vigor, con la salvedad indicada, el 8 de abril de 2018
Leyes en las que se basa
- las referencias indicadas, con efectos desde el 1 de junio de 2018, y el art. 6 de la Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre BOE-A-2013-11461
- el art. 49.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre BOE-A-2013-13645
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