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En vigorOrden

Orden TEC/1146/2018, de 22 de octubre, por la que se aprueba la instrucción técnica complementaria 04.7.06 "Control de gases tóxicos en la atmósfera de las actividades subterráneas" y se modifica la instrucción técnica complementaria 05.0.02 "Especificaciones para minas subterráneas de carbón y labores con riesgo de explosión. Contenidos límites de metano en la corriente de aire", del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera

También conocida como: O 1146/2018, O 1146/18
Ver en BOE
30 de octubre de 2018·Ministerio para la Transición Ecológica·BOE-A-2018-14894
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma establece las reglas de seguridad para controlar gases peligrosos y evitar explosiones en minas y trabajos subterráneos.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (6 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1

    Se aprueba la instrucción técnica complementaria 04.7.06 sobre control de gases tóxicos en actividades subterráneas, del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.

  2. Artículo 2

    Se modifica la ITC 05.0.02: se añade el límite de 0,4% de hidrógeno y se exige a la Dirección Facultativa habilitar medidas para evitar rangos de explosividad de otros gases.

  3. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Queda derogado el apartado 1 «Concentraciones límites de gases» de la ITC 04.7.02 del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.

  4. Disposición final primera — Título competencial

    La orden se dicta al amparo del artículo 149.1.25.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre las bases del régimen minero y energético.

  5. Disposición final segunda — Especificaciones técnicas

    La Dirección General de Política Energética y Minas puede adoptar especificaciones técnicas mediante resolución publicada en el BOE, en desarrollo de las ITC aprobadas por esta orden.

  6. Disposición final tercera — Entrada en vigor

    La Orden TEC/1146/2018 entra en vigor a los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
30 de octubre de 2018
Departamento
Ministerio para la Transición Ecológica

Notas oficiales

Publicada además en el BOE núm. 277, de 16 de noviembre de 2018, BOE-A-2018-15685, con el mismo contenido y número de Orden TEC/1196/2018.

Leyes en las que se basa

  • el Reglamento aprobado por Real Decreto 863/1985, de 2 de abril BOE-A-1985-10836
  • el apartado 1 de la ITC 04.7.02 de la Orden de 13 de septiembre de 1985 BOE-A-1985-19595
  • la ITC 05.0.02, aprobada por la Orden de 2 de octubre de 1985 BOE-A-1985-20808
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