Orden AAA/1231/2015, de 17 de junio, por la que se crea la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y se regula su composición y funciones
También conocida como: O 1231/2015, O 1231/15Esta norma crea un grupo de trabajo interno para mejorar y digitalizar los servicios y trámites del Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente.
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Qué ha cambiado
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- 25 de junio de 2015Versión original BOE-A-2015-7050
Artículo por artículo
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Artículo 1 — Naturaleza y ámbito de actuación
La Comisión Ministerial de Administración Digital es un órgano colegiado que impulsa la digitalización del Ministerio de Agricultura, coordinando con la Dirección de Tecnologías de la Información y actuando como enlace con organismos públicos adscritos.
Artículo 2 — Funciones
La Comisión Ministerial de Administración Digital coordina TIC, aprueba el Plan de Acción Digital, gestiona recursos, impulsa la digitalización de servicios, asesora en contratación y propone formación en informática.
Artículo 3 — Adscripción, organización y composición
La Comisión se adscribe a la Subsecretaría. Actúa en Pleno y Comisión Permanente. Esta última delega competencias, aprueba criterios del Plan de Acción TIC y informa al Pleno.
Artículo 4 — Composición y funcionamiento del Pleno
El Pleno lo preside la Subsecretaría. Incluye vocales de Secretarías de Estado, organismos (FEGA, AEMET, OAPN, AICA, ENESA) y directores generales. Se reúne al menos una vez al año.
Artículo 5 — Composición y funcionamiento de la Comisión Permanente
La Comisión Permanente la preside la Dirección General de Servicios. Incluye representantes de organismos públicos con unidad TIC y diversas direcciones generales. Se reúne mensualmente.
Disposición adicional primera — Instrucciones de ejecución
La Subsecretaría del Departamento podrá dictar las instrucciones necesarias para el mejor cumplimiento de esta orden.
Disposición adicional segunda — Modificación de referencias
Las referencias a la Comisión de Administración Electrónica se entienden hechas a la Comisión de Administración Digital del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Disposición adicional tercera — No incremento del gasto público
El funcionamiento de la Comisión no incrementa el gasto público ni paga indemnizaciones a sus miembros. Se atiende con medios existentes en el Ministerio.
Disposición adicional cuarta — Normativa aplicable
La Comisión Ministerial de Administración Digital se rige por la Ley 30/1992 sobre órganos colegiados, salvo las peculiaridades de esta orden.
Disposición transitoria única — Expedientes de contratación iniciados con anterioridad
Los expedientes y contratos iniciados antes de la entrada en vigor se rigen por la Orden AAA/2200/2012 hasta su conclusión. Se entiende iniciado cuando se remite a la Comisión.
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Se derogan disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a esta orden, especialmente la Orden AAA/2200/2012 sobre la Comisión de Administración Electrónica.
Disposición final única — Entrada en vigor
La Orden AAA/1231/2015, de 17 de junio, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- la Orden AAA/2200/2012, de 8 de octubre BOE-A-2012-12914
- el Real Decreto 401/2012, de 17 de febrero BOE-A-2012-2397
- la disposición transitoria 2 del Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre BOE-A-2014-9741
Leyes que la modifican
- parcialmente, por Orden TEC/469/2019, de 15 de abril BOE-A-2019-6203
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