Orden AAA/2272/2013, de 27 de noviembre, por la que se crea la Comisión permanente para situaciones de adversidad climática o medioambiental
También conocida como: O 2272/2013, O 2272/13Esta norma crea un grupo de trabajo para coordinar las ayudas y soluciones cuando el clima o desastres naturales afectan gravemente al campo.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (8 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — La Comisión permanente para situaciones de adversidad climática o medioambiental
La COPAC, adscrita a la Subsecretaría, coordina medidas agrarias, pesqueras, forestales y medioambientales ante adversidades extremas. Se consideran catástrofe: tormentas, inundaciones, heladas, altas temperaturas, incendios, vertidos, sismos y fenómenos volcánicos.
Artículo 2 — Funciones
La Comisión analiza, evalúa y propone medidas paliativas y preventivas. Delimita ámbitos afectados y canaliza relaciones con sectores y comunidades autónomas. Se reúne al menos una vez al año. Coordina fondos europeos, informa sobre adversidades y propone reducción de índices de rendimiento agrario.
Artículo 3 — Composición y funcionamiento
Preside el Subdirector General. La componen 10 vocales (ENESA, AEMET, Medio Ambiente, Agricultura, Pesca). El Secretario actúa con voz pero sin voto. Se constituye con 5 vocales. Las reuniones son preferentemente electrónicas, con plazos de 7 a 15 días para opiniones. También permiten videoconfer.
Artículo 4 — Prioridad departamental
Los órganos y unidades del Departamento deben prestar apoyo prioritario a las situaciones de adversidad climática y medioambiental.
Artículo 5 — Coordinación con las Administraciones públicas y las organizaciones representativas del sector
La Comisión puede promover reuniones técnicas con otras Administraciones y organizaciones representativas. Estas reuniones se denominan Mesas temáticas según la adversidad: sequía, heladas, inundaciones o incendios forestales.
Artículo 6 — Medios y gastos de funcionamiento
Los gastos de la Comisión se imputan al presupuesto del Ministerio sin incremento, usando medios existentes. Los participantes actúan por su cargo sin retribución ni dietas adicionales.
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Se deroga la Orden APA/3056/2003, de 29 de octubre, por la que se constituía la Oficina permanente para situaciones de adversidad climática o medioambiental.
Disposición final única — Entrada en vigor
La Orden AAA/2272/2013, de 27 de noviembre, que crea la Comisión permanente para situaciones de adversidad climática o medioambiental, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- la Orden APA/3056/2003, de 29 de octubre BOE-A-2003-20336
- el Real Decreto 401/2012, de 17 de febrero BOE-A-2012-2397
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