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En vigorInstrucción

Resolución de 27 de marzo de 2015, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se determinan las medidas de seguridad para guardar las réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas en domicilios particulares

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9 de abril de 2015·Ministerio del Interior·BOE-A-2015-3779
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma explica cómo debes guardar de forma segura en tu casa las réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas para evitar riesgos.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (4 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Primero. Custodia de las armas

    Las réplicas antiguas se guardan en domicilios o locales especializados. Las largas requieren caja clase I (UNE EN 1143-1). Las cortas, caja clase III. Se aplica el Reglamento de Armas.

  2. Segundo. Medidas de seguridad de las armas en exposición

    Las réplicas expuestas en domicilio deben anclarse o estar en vitrina P1A (UNE 356). Si son más de cinco, la estancia debe tener puerta con llave y ventanas con persiana o reja.

  3. Tercero. Inspección

    La Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil puede solicitar a los titulares la presentación de las réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas.

  4. Disposición final única — Entrada en vigor

    La Resolución de 27 de marzo de 2015, de la Dirección General de la Guardia Civil, sobre medidas de seguridad para guardar réplicas de armas antiguas en domicilios, entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Instrucción
Vigencia
En vigor
Publicación
9 de abril de 2015
Departamento
Ministerio del Interior

Leyes en las que se basa

  • la disposición final 2 de la Orden INT/2202/2014, de 24 de noviembre BOE-A-2014-12249
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