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En vigorOrden

Orden INT/2535/2015, de 11 de noviembre, sobre cumplimiento de las obligaciones de registro documental e información por los centros autorizados para el tratamiento de vehículos al final de su vida útil

También conocida como: O 2535/2015, O 2535/15
Ver en BOE
1 de diciembre de 2015·Ministerio del Interior·BOE-A-2015-13001
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma obliga a los desguaces a registrar y comunicar a la policía los datos de los vehículos que reciben para evitar robos y fraudes.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (8 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto

    Esta orden unifica en un solo trámite el cumplimiento de obligaciones de seguridad ciudadana y tráfico para los centros autorizados de tratamiento de vehículos al final de su vida útil.

  2. Artículo 2 — Ámbito de aplicación

    Esta orden se aplica a los centros autorizados de tratamiento de vehículos al final de su vida útil, regulados en el Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre.

  3. Artículo 3 — Libros registro

    Los centros pueden usar procedimientos telemáticos para vehículos incluidos en el Real Decreto 1383/2002, o manuales para excluidos o voluntarios. Los libros deben estar disponibles para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

  4. Artículo 4 — Comunicación de datos de la compraventa

    Comunicación telemática en 72 horas al Registro de Vehículos con datos completos. Para vehículos excluidos, presentación de partes en comisaría en 72 horas o telemáticamente si se acepta el sistema en 15 días.

  5. Artículo 5 — Acceso a los datos y documentación

    Policía, Guardia Civil y Tráfico adoptan medidas para que sus dependencias accedan a datos telemáticos y justificantes, cumpliendo obligaciones de notificación en seguridad ciudadana.

  6. Disposición derogatoria — Derogación normativa

    Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la Orden INT/2535/2015, de 11 de noviembre, sobre el tratamiento de vehículos al final de su vida útil.

  7. Disposición final primera — Desarrollo

    Las Direcciones Generales de Policía, Guardia Civil y Tráfico adoptan las medidas necesarias para ejecutar y cumplir lo dispuesto en esta orden en sus respectivos ámbitos.

  8. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    La Orden INT/2535/2015 entra en vigor a los 30 días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
1 de diciembre de 2015
Departamento
Ministerio del Interior

Leyes en las que se basa

baja definitiva vehículocertificado de destruccióndar de baja cochedesguace autorizadogestión de residuos de cochereciclaje de vehículostrámites DGT