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En vigorLey

Ley 9/2014, de 27 de noviembre, por la que se declaran las áreas funcionales estables de Castilla y León y se modifica la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León

También conocida como: L 9/2014, L 9/14
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22 de diciembre de 2014·10 de julio de 2018·Comunidad de Castilla y León·BOE-A-2014-13305
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley organiza cómo se agrupan los municipios en Castilla y León para prestar mejor los servicios públicos a los ciudadanos.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

1 modificación desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (4 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo único — Declaración de áreas funcionales estables

    Se declaran las áreas funcionales estables de Castilla y León en el Anexo. Incluye código de provincia y municipio, nombre del municipio, código y denominación del área funcional estable.

  2. Disposición derogatoria — Derogación normativa

    Queda derogado el Decreto-ley 2/2014, de 25 de septiembre, por el que se declaran las áreas funcionales estables de Castilla y León.

  3. Disposición final primera — Modificación de la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de ordenación, servicios y gobierno del territorio de Castilla y León

    Se modifican artículos de la Ley 7/2013. Se incluyen municipios de aprox. 19.000 habitantes en áreas funcionales estables y mancomunidades. Se ajustan requisitos de población (20.000 y 19.000 habitantes) para diversas figuras territoriales.

  4. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    La Ley 9/2014, de 27 de noviembre, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
22 de diciembre de 2014
Departamento
Comunidad de Castilla y León

Notas oficiales

Publicada en el BOCYL núm. 233, de 3 de diciembre de 2014.

la modificación del anexo.2 de la Ley 3/2008, de 17 de junio, se establece por estar modificado por la disposición final 3 de la Ley 9/2014, de 27 de noviembre.

Leyes en las que se basa

  • el Decreto-ley 2/2014, de 25 de septiembre BOCL-h-2014-90382
  • el art. 25.5 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre BOE-A-2007-20635
  • el anexo.2 de la Ley 3/2008, de 17 de junio BOE-A-2008-12849
  • los arts. 4, 5, 8, 37, 42 y 43, disposiciones adicional 8 y final 3 y el anexo de la Ley 7/2013, de 27 de septiembre BOE-A-2013-11339

Leyes que la modifican

  • el anexo, por Ley 5/2018, de 2 de julio BOE-A-2018-11416
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