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En vigorLey

Ley 7/1987, de 8 de mayo, por la que se regula el procedimiento de designación de Senadores representantes de la Comunidad de Castilla y León

También conocida como: L 7/1987, L 7/87
Ver en BOE
4 de junio de 1987·14 de noviembre de 2022·Comunidad de Castilla y León·BOE-A-1987-13249
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley explica cómo se eligen en Castilla y León a los senadores que representan a la comunidad autónoma en el Senado español.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (12 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1

    El Pleno de las Cortes de Castilla y León designa a los Senadores en un plazo máximo de sesenta días desde la constitución de la nueva Cámara.

  2. Artículo 2

    Pueden ser designados Senadores los ciudadanos españoles con condiciones generales de elegibilidad y las del artículo 7.1 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León.

  3. Artículo 3

    La Mesa fija el número de Senadores por Grupo Parlamentario aplicando la regla D'Hont. En empate de Procuradores, gana el grupo con más votos totales. El Presidente fija el plazo. La propuesta debe firmarse por el Portavoz y acompañarse de aceptación.

  4. Artículo 4

    El Presidente acepta candidatos si cumplen requisitos y los publica. Si no los cumplen, comunica al Grupo para nueva propuesta. El desacuerdo se resuelve por la Mesa, oída la Junta de Portavoces.

  5. Artículo 5

    El Pleno designa a los Senadores mediante votación única, secreta y por papeletas con nombres alfabéticos. Se marca con cruz el candidato. Se entienden designados cualquiera que sea el número de votos válidos.

  6. Artículo 6

    El Presidente da cuenta del resultado y proclama a los Senadores designados. La Mesa les entrega las credenciales.

  7. Artículo 7

    El mandato de los Senadores designados por la Comunidad se prolonga hasta la elección de sus sustitutos por el Pleno. Concluye por causas generales del ordenamiento jurídico. Si la legislatura del Senado termina antes que la de las Cortes, los nuevos Senadores serán los mismos ya elegidos, recibendo

  8. Artículo 8

    Las vacantes de Senadores durante la legislatura se cubren según esta Ley. El Presidente de las Cortes solicita nueva propuesta al mismo Grupo Parlamentario que propuso al Senador sustituido.

  9. Artículo 9

    Los Senadores designados pueden comparecer voluntariamente ante la Comisión de Reglamento para informar sobre temas parlamentarios, siguiendo el procedimiento establecido en el Reglamento de las Cortes para las comparecencias de la Junta.

  10. Disposición adicional

    Las Cortes de Castilla y León deben adaptar su Reglamento a esta Ley y establecer las relaciones de los Senadores con la Cámara.

  11. Disposición transitoria

    Esta Ley no se aplica a los Senadores en vigor al entrar en la ley, excepto lo dispuesto en los artículos séptimo y octavo.

  12. Disposición final

    La Ley 7/1987, de 8 de mayo, sobre la designación de Senadores representantes de la Comunidad de Castilla y León, entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
4 de junio de 1987
Departamento
Comunidad de Castilla y León

Notas oficiales

Publicada en el BOCYL núm. 64, de 11 de mayo de 1987.

Leyes en las que se basa

  • el art. 13.5 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero BOE-A-1983-6483

Leyes que la modifican

  • los arts. 1.1, 2, 3.6, 7.2 y disposición adicional, por Ley 1/2000, de 3 de marzo BOE-A-2000-5835
  • los arts. 1, 2, 5 y SE AÑADE el 9, por Ley 1/2022, de 27 de octubre BOE-A-2022-19487
designación cargos públicoselecciones Castilla y Leónelección senadores autonómicospolítica Castilla y Leónrepresentantes Senado