Resolución de 31 de enero de 2014, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se revisa el coste de producción de energía eléctrica y los precios voluntarios para el pequeño consumidor
Esta norma establece cómo se calcula el precio de la electricidad que pagamos en casa los pequeños consumidores.
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Resolución de 31 de enero de 2014, de la dirección general de política energética y minas, por la que se revisa el coste de producción de energía eléctrica y los precios voluntarios para el pequeño consumidor — Primero
Se aprueban precios voluntarios para pequeño consumidor: CE0=80,08, CE1=86,82, CE2=55,78, CE3=43,26 euros/MWh, según discriminación horaria.
Resolución de 31 de enero de 2014, de la dirección general de política energética y minas, por la que se revisa el coste de producción de energía eléctrica y los precios voluntarios para el pequeño consumidor — Segundo
Se aprueban precios voluntarios para pequeño consumidor: potencia 42,043426 €/kW/año. Energía: 0,124107 €/kWh (sin discrim. horaria); 0,148832/0,057995 €/kWh (dos periodos); 0,150812/0,071879/0,044146 €/kWh (supervalle).
Resolución de 31 de enero de 2014, de la dirección general de política energética y minas, por la que se revisa el coste de producción de energía eléctrica y los precios voluntarios para el pequeño consumidor — Tercero
Los precios se aplican a consumos desde las 0 horas de la entrada en vigor de la Orden que revisa los peajes de acceso de energía eléctrica para 2014.
Resolución de 31 de enero de 2014, de la dirección general de política energética y minas, por la que se revisa el coste de producción de energía eléctrica y los precios voluntarios para el pequeño consumidor — Cuarto
Contra la resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía en un mes, según la Ley 30/1992.
Información general
Leyes en las que se basa
- Orden ITC/1659/2009, de 22 de junio BOE-A-2009-10328
- Real Decreto 485/2009, de 3 de abril BOE-A-2009-5618
- Ley 24/2013, de 26 de diciembre BOE-A-2013-13645
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