Saltar al contenido
← Volver
En vigorInstrucción

Resolución de 21 de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Guía de Comunicación Digital para la Administración General del Estado

Ver en BOE
2 de abril de 2013·Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas·BOE-A-2013-3528
Resumen en lenguaje sencillo

Esta guía establece cómo deben comunicarse las instituciones públicas en internet para que la información sea clara, accesible y útil para todos.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

5
Artículos
1
Versiones
4
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (5 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Primero. Aprobación y aplicación de la «Guía de Comunicación Digital para la Administración General del Estado»

    Se aprueba la Guía, disponible en el Portal de la Administración Electrónica. Los sitios web de la AGE observan sus recomendaciones gradualmente, según recursos y presupuesto.

  2. Segundo. Actualización de la Guía

    La Dirección General de Modernización Administrativa, oída la Comisión Permanente del Consejo Superior de Administración Electrónica, actualizará la Guía cuando lo considere necesario.

  3. Tercero. Difusión de la Guía

    La Guía se distribuye a Departamentos y Organismos a través de la Comisión Permanente del Consejo Superior de Administración Electrónica y se publica en el Portal de la Administración Electrónica. Los elementos de Imagen Institucional se facilitan en http://imagen.funciona.es/.

  4. Cuarto. Aplicación

    La Guía de Comunicación Digital se aplica desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

  5. Quinto. Pérdida de efectos

    La Resolución sustituye a la Guía de 2005 y al apartado Cuarto y Anexo II de la Resolución de 2007, quedando sin efecto.

Información general

Tipo de ley
Instrucción
Vigencia
En vigor
Publicación
2 de abril de 2013
Departamento
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

Notas oficiales

Aplicable desde 3 de abril de 2013.

Los efectos del apartado 4 y el Anexo II se ven afectados por la Corrección de errores en BOE núm. 95, de 20 de abril de 2013

Leyes en las que se basa

Leyes que la modifican

  • con modificación del apartado 5 relativo a los efectos de determinados preceptos, en BOE núm. 95, de 20 de abril de 2013 BOE-A-2013-3992
  • lo indicado, por Resolución de 3 de abril de 2017 BOE-A-2017-4178
  • lo indicado, por Resolución de 10 de julio de 2018 BOE-A-2018-10638
  • lo indicado, por Resolución de 28 de febrero de 2020 BOE-A-2020-3296
  • lo indicado, por Resolución de 21 de septiembre de 2021 BOE-A-2021-16826
  • lo indicado, por Resolución de 15 de junio de 2022 BOE-A-2022-10329
  • lo indicado, por Resolución de 28 de noviembre de 2023 BOE-A-2023-24599
  • lo indicado, por Resolución de 26 de marzo de 2024 BOE-A-2024-6708
  • lo indicado, por Resolución de 5 de junio de 2026 BOE-A-2026-12869
atención al ciudadanocomunicación digitalinformación oficialredes sociales administraciónservicios públicos digitalestrámites onlinewebs públicas