Orden PRE/422/2013, de 15 de marzo, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Dirección General de la Guardia Civil
También conocida como: O 422/2013, O 422/13Esta norma explica cómo se organiza internamente la Dirección General de la Guardia Civil para gestionar sus servicios centrales.
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Artículo por artículo
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Artículo 1 — Organización
La Dirección General de la Guardia Civil se estructura centralmente en: Dirección Adjunta Operativa, Subdirección General de Personal y Subdirección General de Apoyo. La organización periférica incluye Zonas, Comandancias, Compañías y Puestos.
Artículo 2 — Órganos colegiados
Adscritos a la Dirección General de la Guardia Civil están el Consejo Superior de la Guardia Civil y el Consejo de la Guardia Civil, con composición y funciones determinadas por la normativa vigente.
Artículo 3 — Órganos de apoyo al Director
El Director General cuenta con el Gabinete Técnico (coordinación, relaciones institucionales, planificación, gestión de calidad y personal), la Asesoría Jurídica (dictámenes, coordinación con Asesorías de Zonas) y la Secretaría de Despacho (agenda, seguridad, registro). Del Gabinete dependen la Of.
Artículo 4 — Centro Universitario de la Guardia Civil
El Centro Universitario de la Guardia Civil, dependiente de la Dirección General y titularidad del Ministro del Interior, es un centro universitario público responsable de impartir estudios conducentes a la obtención de títulos oficiales con validez en todo el territorio nacional.
Artículo 5 — Organización
La Dirección Adjunta Operativa, a cargo de un Teniente General, colabora con el Director General en cooperación internacional, coordinación de servicios, organización territorial y recursos. Sustituye al Director General. Dependen de ella: Mando de Operaciones, Secretaría de Cooperación, Interv.
Artículo 6 — Mando de Operaciones
El Mando de Operaciones, a cargo de un Teniente General, dirige el planeamiento y conducción operativa. Dependen directamente: Estado Mayor, Jefaturas de Unidades Especiales, Reserva, Información, Policía Judicial, Fiscal y Fronteras, Tráfico, Seprona, Zonas, Comandancias de Ceuta y Melilla, Centro.
Artículo 7 — Estado Mayor
El Estado Mayor, a cargo de un Oficial General, auxilia al Mando de Operaciones en planificación y conducción, elaborando la Doctrina de actuación. Depende de él la Sala de Operaciones y Servicios, que recibe y transmite órdenes diarias y actúa como Centro de Crisis cuando sea necesario.
Artículo 8 — Jefatura de Unidades Especiales y de Reserva
La Jefatura de Unidades Especiales y de Reserva, al mando de un Oficial General, dirige, coordina y controla las unidades dependientes. Estas incluyen: Agrupación de Reserva y Seguridad, Unidad de Acción Rural, Servicio Aéreo, Servicio Cinológico y Remonta, Servicio de Desactivación de Explosivos yn
Artículo 9 — Jefatura de Información
La Jefatura de Información, dirigida por un Oficial General, organiza, dirige y gestiona la obtención, tratamiento y difusión de información sobre orden público y seguridad ciudadana, especialmente en materia antiterrorista a nivel nacional e internacional.
Artículo 10 — Jefatura de Policía Judicial
La Jefatura de Policía Judicial organiza la investigación de delitos. Dependen de ella: Unidad Central Operativa (delincuencia grave), Unidad Técnica (asesoramiento y análisis) y Servicio de Criminalística (técnicas científicas).
Artículo 11 — Jefatura Fiscal y de Fronteras
La Jefatura Fiscal y de Fronteras, al mando de un Oficial General, organiza el resguardo fiscal, combate el contrabando y narcotráfico, y vigilia costas, fronteras, puertos y aeropuertos. Dependen de ella: Oficina de Proyectos, Servicio Fiscal, Servicio Marítimo y Servicio de Costas y Fronteras.
Artículo 12 — Jefatura de la Agrupación de Tráfico
La Jefatura de la Agrupación de Tráfico, dirigida por un Oficial General, organiza y gestiona las funciones de la Guardia Civil en tráfico, seguridad vial y transporte. Como policía judicial, se rige por las normas técnicas de la Jefatura de Policía Judicial.
Artículo 13 — Jefatura del Servicio de Protección de la Naturaleza
La Jefatura del Servicio de Protección de la Naturaleza, al mando de un Oficial General, gestiona la conservación de la naturaleza, espacios protegidos, recursos hidráulicos, caza, pesca, patrimonio histórico y ordenación del territorio. Como policía judicial, sigue las normas de la Jefatura de esta
Artículo 14 — Zonas de la Guardia Civil
Las Zonas de la Guardia Civil dependen del Mando de Operaciones y son unidades de mando, coordinación e inspección en su ámbito territorial. Si existe un Centro Regional de vigilancia marítima de costas y fronteras, este depende del Jefe de la Zona.
Artículo 15 — Secretaría de Cooperación Internacional
La Secretaría de Cooperación Internacional centraliza, coordina y canaliza las peticiones de cooperación internacional. Gestiona la asistencia a grupos de trabajo europeos e internacionales y las cuestiones relativas a agregados y personal en el extranjero.
Artículo 16 — Intervención Central de Armas y Explosivos
La Intervención Central de Armas y Explosivos planifica, organiza, inspecciona y controla las competencias sobre armas, explosivos, pirotecnia y cartuchería en todo el territorio nacional. Apoya a la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos.
Artículo 17 — Servicio de Asuntos Internos
El Servicio de Asuntos Internos investiga conductas contrarias a la ética profesional del personal de la Dirección General de la Guardia Civil. Como policía judicial, se atiende a las normas técnicas de la Jefatura de Policía Judicial.
Artículo 18 — Unidad Especial de Intervención
La Unidad Especial de Intervención ejecuta operaciones encomendadas por su peligrosidad o especiales características.
Artículo 19 — Organización
La Subdirección General de Personal, a cargo de un Teniente General, dirige la política de personal y educativa. Dependen de ella: Jefatura de Personal, Enseñanza, Asistencia al Personal, Secretaría Permanente para la Clasificación y Evaluación, Observatorio de Conducta Ética y Unidad de Desarrollo.
Artículo 20 — Jefatura de Personal
La Jefatura de Personal gestiona ascensos, destinos, retribuciones y régimen disciplinario. Dependen de ella: Gestión del Personal, Retribuciones, Régimen Disciplinario e Historial Profesional.
Artículo 21 — Jefatura de Enseñanza
La Jefatura de Enseñanza organiza la formación, selección e I+D+i. Incluye Servicios de Formación, Selección y Perfeccionamiento, centros docentes, Oficina de Calidad y Unidad del Deporte.
Artículo 22 — Jefatura de Asistencia al Personal
La Jefatura de Asistencia al Personal gestiona acción social, sanidad, psicología y prevención de riesgos. Incluye Servicios de Acción Social, Sanidad, Psicología, Prevención, Asuntos Generales e Estudios Históricos.
Artículo 23 — Secretaría Permanente para la Clasificación y Evaluación
La Secretaría Permanente para la Clasificación y Evaluación, dirigida por un Oficial General, facilita la labor evaluadora aportando documentación, adoptando medidas para su buen fin y custodiando los documentos.
Artículo 23 bis — Observatorio de Conducta Ética de la Guardia Civil
El Observatorio de Conducta Ética centraliza el seguimiento, impulso y evaluación del Código de Conducta en la Guardia Civil.
Artículo 23 ter — Unidad de Desarrollo y Talento
La Unidad de Desarrollo y Talento optimiza trayectorias profesionales, gestiona perfiles clave y planifica la orientación profesional del personal.
Artículo 24 — Organización
La Subdirección General de Apoyo, al mando de un Teniente General, dirige la gestión financiera y materiales. Tiene una Secretaría Técnica y dependen de ella las Jefaturas de Servicios de Apoyo, Técnicos y Asuntos Económicos.
Artículo 25 — Jefatura de los Servicios de Apoyo
La Jefatura de Servicios de Apoyo gestiona medios materiales. Dependen: Servicio de Acuartelamiento (inmuebles), Material Móvil (vehículos), Armamento y Equipamiento Policial, y Abastecimiento (vestuario, mobiliario).
Artículo 26 — Jefatura de Servicios Técnicos
La Jefatura de Servicios Técnicos gestiona informática, telecomunicaciones e innovación. Dependen: Informática, Telecomunicaciones, Innovación Tecnológica y Seguridad de la Información, y Estadística.
Artículo 27 — Jefatura de Asuntos Económicos
La Jefatura de Asuntos Económicos administra recursos financieros y presupuestarios. Dependen: Servicio de Contratación (expedientes) y Servicio de Gestión Económica (gastos, cajas pagadoras).
Disposición adicional primera — Niveles de los órganos de la Dirección General de la Guardia Civil
Los órganos de la Dirección General de la Guardia Civil cuyos niveles jerárquicos no se especifican en esta Orden tendrán el nivel determinado en el correspondiente catálogo o relación de puestos de trabajo.
Disposición adicional segunda — Supresión de Unidades
Se suprimen las siguientes Unidades de la Guardia Civil: Servicio de Información, Servicio de Desactivación de Explosivos y Defensa Nuclear, Biológica y Química, Servicio de Psicología y Psicotecnia, Servicio de Informática y Estadística, y Servicio de Innovación Tecnológica.
Disposición adicional tercera — Asignación de las funciones de las Unidades suprimidas
Las funciones de las Unidades suprimidas pasarán a ser ejercidas por los órganos regulados en esta Orden, de acuerdo con las funciones asignadas a cada uno de ellos.
Disposición transitoria única — Adscripción de puestos de trabajo encuadrados en órganos suprimidos
El Director General adscribirá provisionalmente los puestos de las unidades suprimidas, manteniendo su retribución hasta aprobar el catálogo de puestos. La adaptación no generará incremento de gasto público.
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Se deroga la Orden de 29 de octubre de 2001 sobre la estructura orgánica de los servicios centrales de la Dirección General de la Guardia Civil.
Disposición final primera — Facultades de desarrollo
El Director General de la Guardia Civil queda facultado para dictar las resoluciones necesarias para la ejecución de esta orden.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
La Orden PRE/422/2013, de 15 de marzo, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- la Orden de 29 de octubre de 2001 BOE-A-2001-20623
- la disposición final 2 del Real Decreto 400/2012, de 17 de febrero BOE-A-2012-2396
Leyes que la modifican
- el art. 3.2.b), por Orden PRE/875/2014, de 23 de mayo BOE-A-2014-5593
- el art. 5.3.f), por Orden PCI/685/2019, de 18 de junio BOE-A-2019-9453
- el art 19.4 y SE AÑADE el art. 23 bis, por Orden PJC/849/2024, de 8 de agosto BOE-A-2024-16600
- los arts. 19, 20, 21, 22 y SE AÑADE el 23 ter, por Orden PJC/598/2025, de 9 de junio BOE-A-2025-11787
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