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Ya no está en vigorDecreto urgente

Real Decreto-ley 8/2012, de 16 de marzo, de contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico, de adquisición de productos vacacionales de larga duración, de reventa y de intercambio

También conocida como: RDL 8/2012, RDL 8/12
Ver en BOE
17 de marzo de 2012·7 de julio de 2012·Jefatura del Estado·BOE-A-2012-3811
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley protege a los consumidores al contratar servicios de multipropiedad o vacaciones a largo plazo, garantizando información clara y desistimiento.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

43
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2
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9
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Qué ha cambiado

1 modificación desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Información general

Tipo de ley
Decreto urgente
Vigencia
Ya no está en vigor
Publicación
17 de marzo de 2012
Departamento
Jefatura del Estado

Leyes en las que se basa

  • el art. 91.uno.2 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre BOE-A-1992-28740
  • la Ley 42/1998, de 15 de diciembre BOE-A-1998-28992
  • Directiva 2008/122/CE, de 14 de enero de 2008 DOUE-L-2009-80203

Leyes que la modifican

  • por Resolución de 29 de marzo de 2012 BOE-A-2012-4915
  • por Ley 4/2012, de 6 de julio BOE-A-2012-9111
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