Ley Orgánica 11/2011, de 1 de agosto, para la aplicación a la Guardia Civil del artículo 13.1 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas
También conocida como: LO 11/2011, LO 11/11Esta ley regula cómo los miembros de la Guardia Civil pueden ejercer sus derechos de reunión y asociación profesional de forma específica.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
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Artículo 1
La regulación del artículo 13.1 de la Ley Orgánica 9/2011 sobre derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas se aplica también a la Guardia Civil, como instituto armado de naturaleza militar.
Artículo 2
Queda derogado el apartado 1 del artículo 8 de la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil.
Disposición final única — Entrada en vigor
La Ley Orgánica 11/2011, de 1 de agosto, entra en vigor a los tres meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Leyes en las que se basa
- el art. 8.1 de la Ley Orgánica 11/2007, de 22 d eoctubre BOE-A-2007-18391
- Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio BOE-A-2011-12961
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