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Ya no está en vigorLey

Ley 1/2008, de 4 de diciembre, para la ejecución en la Unión Europea de resoluciones que impongan sanciones pecuniarias

También conocida como: L 1/2008, L 1/08
Ver en BOE
5 de diciembre de 2008·21 de noviembre de 2014·Jefatura del Estado·BOE-A-2008-19661
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley permite que las multas impuestas por jueces de otros países de la Unión Europea se puedan cobrar y ejecutar directamente en España.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

25
Artículos
2
Versiones
8
Categorías

Qué ha cambiado

1 modificación desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
Ya no está en vigor
Publicación
5 de diciembre de 2008
Departamento
Jefatura del Estado

Leyes en las que se basa

  • Tratado de Amsterdam, de 2 de octubre de 1997 BOE-A-1999-10228
  • la Decisión 2005/214/JAI, de 24 de febrero de 2005 DOUE-L-2005-80529

Leyes que la modifican

cobro de multascooperación judicialejecución de sentenciasmultas de tráfico en Europamultas en el extranjeropagar multas UEsanciones europeas