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En vigorReal Decreto

Real Decreto 595/2007, de 4 de mayo, por el que se crea la Comisión Nacional para la Conmemoración de los Bicentenarios de la Independencia de las Repúblicas Iberoamericanas

También conocida como: RD 595/2007, RD 595/07
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11 de mayo de 2007·5 de febrero de 2011·Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación·BOE-A-2007-9604
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma crea un grupo de trabajo para organizar los actos y celebraciones por los 200 años de la independencia de los países iberoamericanos.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Artículo por artículo

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  1. Artículo 1 — Creación y dependencia orgánica

    Se crea la Comisión Nacional para la Conmemoración de los Bicentenarios de la Independencia de las Repúblicas Iberoamericanas, adscrita al Ministerio de la Presidencia, para preparar y coordinar dichas celebraciones.

  2. Artículo 2 — Composición

    La Comisión Nacional se estructura en: el Presidente, el Pleno, el Comité Ejecutivo y el Embajador Extraordinario y Plenipotenciario para la Conmemoración de los Bicentenarios.

  3. Artículo 3 — El Presidente

    La Comisión Nacional para la Conmemoración de los Bicentenarios de la Independencia de las Repúblicas Iberoamericanas será presidida por el Ministro de la Presidencia.

  4. Artículo 4 — El Pleno

    Pleno Comisión Bicentarios: presidido por Ministro Exteriores. Integra ministros, secretarios, directores y personalidades. Aprueba plan y coordina.

  5. Artículo 5 — El Comité Ejecutivo

    El Comité Ejecutivo, presidido por el Ministro de Asuntos Exteriores, propone el plan general, aprueba programas de actividades, estudia y sigue propuestas de terceros, y resuelve asuntos encomendados.

  6. Artículo 6 — El Embajador Extraordinario y Plenipotenciario para la Conmemoración de los Bicentenarios de la Independencia de las Repúblicas Iberoamericanas

    El Embajador es nombrado por Real Decreto a propuesta del Ministro de Exteriores. Dirige la Comisión, solicita colaboración, impulsa relaciones institucionales y coordina con otros países. Un Adjunto apoya en coordinación, gestión y asistencia.

  7. Artículo 7 — Apoyo organizativo

    La Comisión coordina actuaciones con otras Administraciones Públicas y entidades. El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación suscribe convenios de colaboración necesarios para lograr los objetivos de los Bicentenarios.

  8. Artículo 8 — Medios personales y materiales

    Los miembros de la Comisión y Comité Ejecutivo tienen carácter honorífico sin remuneración, salvo indemnizaciones por servicio según el Real Decreto 462/2002. Se suscribirán convenios para financiar actividades y recibir aportaciones.

  9. Artículo 9 — Funcionamiento

    El funcionamiento de la Comisión se rige por el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

  10. Artículo 10 — Extinción

    La Comisión Nacional para la Conmemoración de los Bicentenarios de la Independencia de las Repúblicas Iberoamericanas deja de desempeñar sus funciones y se considera extinguida una vez cumplidos los objetivos que determinan su creación.

  11. Disposición final primera — Habilitación para el desarrollo

    Se habilita al Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación para dictar las disposiciones y ejecutar las medidas necesarias para el desarrollo de las previsiones de este Real Decreto.

  12. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    El Real Decreto 595/2007, de 4 de mayo, que crea la Comisión Nacional para la Conmemoración de los Bicentenarios de la Independencia de las Repúblicas Iberoamericanas, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
11 de mayo de 2007
Departamento
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación

Leyes en las que se basa

Leyes que la modifican

  • los arts. 2, 4.1, 6 y 8.1, por Real Decreto 1258/2007, de 21 de septiembre BOE-A-2007-16826
  • creando el Consejo para la Coordinación de las Conmemoraciones de los Bicentenarios del Constitucionalismo en España e Iberoamérica: Real Decreto 1770/2007, de 28 de diciembre BOE-A-2008-903
  • los arts. 1 y 3 a 6, por Real Decreto 147/2011, de 4 de febrero BOE-A-2011-2208
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