Orden EHA/1670/2007, de 8 de mayo, por la que se delegan competencias de gestión patrimonial relativas al arrendamiento de bienes inmuebles en diferentes órganos directivos de los departamentos ministeriales
También conocida como: O 1670/2007, O 1670/07Esta norma organiza qué ministerios tienen permiso para gestionar el alquiler de sus propios edificios y oficinas.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
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Primero. Delegación de competencias
Se delegan competencias de arrendamiento de inmuebles en el Secretario de Estado de Defensa y Subsecretarios. En Exteriores, para inmuebles en el extranjero con renta inferior a 500.000 euros, corresponde al Director General del Servicio Exterior.
Segundo. Ejercicio de las competencias delegadas
El ejercicio de las competencias delegadas se ajusta a los artículos 13 y 14 de la ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Tercero. Normas que quedan sin efecto
La Orden EHA/1670/2007 deroga la Orden EHA/1272/2004 y modifica la Orden EHA 3057/2004 en sus apartados Quinto, puntos 2.1.f), 3.1.b) y 4.c), en lo que se oponga a esta norma.
Cuarto. Entrada en vigor
La Orden EHA/1670/2007, de 8 de mayo, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre BOE-A-1992-26318
- Disposición adicional 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril BOE-A-1997-7878
- en la forma indicada el apartado 5, de la Orden EHA/3057/2004, de 21 de septiembre BOE-A-2004-16638
- Orden EHA/1272/2004, de 10 de mayo BOE-A-2004-8873
Leyes que la modifican
- con el art. 1.1 y se adapta la delegación de competencias en el ámbito del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes: Orden HAC/534/2024, de 29 de mayo BOE-A-2024-11464
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