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Resolución de 4 de junio de 2007, de la Dirección General del Patrimonio del Estado, por la que se delegan competencias de gestión patrimonial relativas al arrendamiento de bienes inmuebles, en diferentes órganos directivos de los departamentos ministeriales

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11 de junio de 2007·Ministerio de Economía y Hacienda·BOE-A-2007-11515
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma organiza qué departamentos del Gobierno pueden gestionar el alquiler de los edificios y oficinas que utiliza el Estado.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (5 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Primero. Delegación de competencias

    Se delegan competencias de arrendamiento de inmuebles en titulares de Direcciones Generales, Subdirecciones y Oficialías Mayores. Incluyen iniciar procedimientos, formalizar contratos y modificaciones.

  2. Segundo. Ejercicio de las competencias delegadas

    Para arrendamientos que alteren el contrato, se requiere informe previo de la Dirección General del Patrimonio del Estado en 20 días. Se debe comunicar la necesidad, superficie y renta. Los inmuebles fuera de España se informan trimestralmente.

  3. Tercero. Adaptación de la delegación a reestructuraciones orgánicas

    En caso de reestructuraciones orgánicas, la delegación de competencias para arrendamiento de inmuebles se entiende hecha a favor de los órganos que asuman las funciones de gestión patrimonial.

  4. Cuarto. Normas que quedan sin efecto

    La Resolución de 4 de junio de 2007 deroga la Resolución de 12 de marzo de 2004 y modifica la de 7 de julio de 2005 en su apartado primero y párrafos 1.e) y 7.d) del segundo.

  5. Quinto. Entrada en vigor

    La Resolución de 4 de junio de 2007, de la Dirección General del Patrimonio del Estado, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Instrucción
Vigencia
En vigor
Publicación
11 de junio de 2007
Departamento
Ministerio de Economía y Hacienda

Leyes en las que se basa

  • art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre BOE-A-1992-26318
  • Disposición adicional 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril BOE-A-1997-7878
  • Resolución de 12 de marzo de 2004 BOE-A-2004-5225
  • Lo indicado del apartado 2 y en cuanto se oponga el apartado 1 de la Resolución de 7 de julio de 2005 BOE-A-2005-12313

Leyes que la modifican

  • sobre las condiciones de ejercicio de las competencias delegadas en la Dirección General de Servicios del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática: Resolución de 15 de febrero de 2023 BOE-A-2023-4306
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