Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de fotocopias de documentos de identidad en los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos vinculados o dependientes
También conocida como: RD 522/2006, RD 522/06Ya no es obligatorio entregar fotocopias de tu DNI o NIE al realizar trámites en la Administración General del Estado.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (6 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo único — Comprobación de datos de identidad en los procedimientos administrativos
La Administración General del Estado no exige fotocopias del DNI ni de tarjeta de extranjeros para comprobar identidad. La comprobación es de oficio. Con consentimiento, se usa un sistema de verificación. Sin consentimiento, se exige la fotocopia.
Disposición transitoria primera — Régimen transitorio
Hasta que el Sistema de Verificación esté plenamente operativo, el órgano instructor podrá solicitar la aportación de fotocopia del DNI o documento equivalente en los casos del apartado 3 del artículo único.
Disposición transitoria segunda — Procedimientos de comprobación formal o pública de los datos de identidad
En procedimientos donde las fotocopias de identidad deban cotejarse en actos formales o públicos de apertura de sobres cerrados, se seguirá requiriendo su aportación hasta que se habiliten medios para su verificación en dichos actos.
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Quedan derogadas cuantas normas contradigan o se opongan a lo dispuesto en el presente real decreto.
Disposición final primera — Sistema de Verificación de Datos de Identidad
Se establece el Sistema de Verificación de Datos de Identidad mediante orden conjunta de los Ministros del Interior y de Administraciones Públicas. A partir de su operatividad, no se exigirán fotocopias del DNI o equivalente en la Administración General del Estado.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
El Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, que suprime la aportación de fotocopias de documentos de identidad en procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y sus organismos vinculados, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- el art. 35.f) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre BOE-A-1992-26318
- Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero BOE-A-2003-4151
Leyes que la modifican
- con la disposición final 1, aprobando el Reglamento técnico del sistema de verificación de datos de identidad: Orden PRE/3949/2006, de 26 de diciembre BOE-A-2006-22786
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