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Ley Foral 2/2006, de 9 de marzo, del Consejo Económico y Social de Navarra

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5 de abril de 2006·1 de julio de 2013·Comunidad Foral de Navarra·BOE-A-2006-6089
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley regula el órgano que asesora al Gobierno de Navarra sobre temas de empleo, economía y asuntos sociales mediante el diálogo entre sectores.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Artículo por artículo

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  1. Artículo 1 — Naturaleza

    El Consejo Económico y Social de Navarra es un órgano consultivo socioeconómico y laboral que depende orgánicamente del Departamento de Economía y Hacienda.

  2. Artículo 2 — Composición

    El Consejo Económico y Social de Navarra tiene 30 miembros: 7 Administración, 7 sindicales, 7 empresariales, 7 diversos (economía social, consumidores, agricultores, ecologistas, Universidad) y 2 Economía Alternativa. Los suplentes igualan a los titulares en los grupos 2, 3 y 4.

  3. Artículo 3 — Nombramiento y mandato

    Los miembros son nombrados por Decreto Foral por cuatro años, renovables. Si expira el mandato sin nuevo nombramiento, permanecen en funciones hasta su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

  4. Artículo 4 — Cese

    Los miembros cesan por expiración del plazo, propuesta de la entidad designante, renuncia, incapacidad judicial, condena firme, fallecimiento o alteración de representatividad. El cese es por Decreto Foral.

  5. Artículo 5 — De los órganos del Consejo

    El Consejo se estructura en cinco órganos: el Pleno, las Comisiones de Trabajo, el Presidente, el Vicepresidente y el Secretario General.

  6. Artículo 6 — Del Pleno

    El Pleno es el órgano superior de decisión, integrado por todos los miembros, bajo la dirección del Presidente y asistido por el Secretario General.

  7. Artículo 7 — Funciones del Pleno

    El Pleno emite dictámenes preceptivos no vinculantes sobre anteproyectos socioeconómicos y laborales, y elabora informes anuales. El plazo es de 15 días naturales, o 7 si se declara urgencia. Si se supera el plazo, se entiende evacuado.

  8. Artículo 8 — Funcionamiento del Pleno

    El Pleno se reúne por convocatoria del Presidente o a solicitud de un tercio de miembros. Requiere quórum de mitad de miembros en 1ª convocatoria. Los acuerdos se adoptan por mayoría simple; en empate, el Presidente tiene voto de calidad.

  9. Artículo 9 — Comisiones de Trabajo

    Las Comisiones de Trabajo estudian y elaboran informes para el Pleno. El Pleno las constituye; el Presidente puede crearlas excepcionalmente, debiendo ser ratificadas por el Pleno.

  10. Artículo 10 — Del Presidente

    El Presidente del Consejo Económico y Social de Navarra es nombrado mediante Decreto Foral del Gobierno de Navarra, a propuesta de al menos la mitad de los miembros del Consejo.

  11. Artículo 11 — Funciones del Presidente

    El Presidente dirige y representa el Consejo, convoca sesiones, preside debates, dirime empates, visa actas y dispone el cumplimiento de acuerdos.

  12. Artículo 12 — Del Vicepresidente

    El Vicepresidente es designado por el Presidente entre sus miembros y lo sustituye en vacante, ausencia o enfermedad, pudiendo ejercer funciones delegadas.

  13. Artículo 13 — Facultades y funciones de los miembros del Consejo

    Los miembros reciben convocatorias, participan, votan (sin abstención para la Administración), formulan preguntas y obtienen información. Los suplentes sustituyen a los titulares en ausencia.

  14. Artículo 14 — Del Secretario General

    El Secretario General, al servicio de la Administración, es nombrado y separado por Decreto Foral. En vacante, lo sustituye el miembro de la Administración con menor jerarquía, antigüedad y edad.

  15. Artículo 15 — Funciones del Secretario General

    El Secretario General asiste a sesiones sin voto, convoca reuniones, recibe comunicaciones, redacta actas, expide certificaciones y cumple funciones inherentes a su cargo.

  16. Artículo 16 — Régimen económico-financiero

    El Consejo tiene recursos en los Presupuestos de Navarra. Los miembros (excepto Grupo Primero) reciben compensación por asistir a sesiones. También hay compensación por informes en Comisiones, pagadas a las entidades designantes.

  17. Disposición transitoria primera — Continuidad de los actuales miembros del Consejo Económico y Social de Navarra

    Los actuales miembros del Consejo Económico y Social de Navarra continúan en su cargo hasta la publicación del nombramiento de los nuevos miembros.

  18. Disposición transitoria segunda — Sesión constitutiva y Presidente

    En la sesión constitutiva del Consejo, el actual Presidente continúa ejerciendo el cargo hasta que se nombre al nuevo Presidente.

  19. Disposición derogatoria única

    Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente Ley Foral.

  20. Disposición final primera — Supletoriedad

    Lo no previsto en esta Ley Foral sobre organización y funcionamiento del Consejo se regula según el Capítulo III, del Título III, de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre.

  21. Disposición final segunda — Habilitación para el desarrollo reglamentario

    El Gobierno de Navarra queda facultado para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo reglamentario de esta Ley Foral.

  22. Disposición final tercera — Entrada en vigor

    La Ley Foral 2/2006 entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Información general

Tipo de ley
Otro
Vigencia
En vigor
Publicación
5 de abril de 2006
Departamento
Comunidad Foral de Navarra

Notas oficiales

Publicada en el BON núm. 33 de 17 de marzo de 2006.

Leyes en las que se basa

  • el art. 22 de la Ley ORGANICA 13/1982, de 10 de agosto BOE-A-1982-20824
  • Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre BOE-A-2005-1577

Leyes que la modifican

  • el art. 2, por Ley Foral 20/2013, de 20 de junio BOE-A-2013-7869
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