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En vigorReal Decreto

Real Decreto 1267/2006, de 8 de noviembre, por el que se crea el Patronato del Archivo de la Corona de Aragón

También conocida como: RD 1267/2006, RD 1267/06
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9 de noviembre de 2006·Ministerio de Cultura·BOE-A-2006-19411
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma crea un órgano encargado de gestionar, conservar y difundir los documentos históricos del Archivo de la Corona de Aragón.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

13
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1
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8
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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (13 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto

    Se crea el Patronato del Archivo de la Corona de Aragón como órgano colegiado rector, adscrito al Ministerio de Cultura, conforme a la Constitución y los Estatutos de Autonomía.

  2. Artículo 2 — Composición

    El Patronato lo integran el Ministro de Cultura (Presidente), dos Vicepresidentes, vocales natos (directores generales y consejeros) y hasta 8 vocales designados por 3 años.

  3. Artículo 3 — Funciones del Presidente del Patronato

    El Presidente del Patronato representa al órgano, convoca reuniones, preside sesiones, visar acuerdos y ejerce funciones inherentes a su cargo.

  4. Artículo 4 — Funcionamiento del Patronato

    El Patronato actúa en Pleno (todos los miembros) y en Comisión Permanente (Presidente, Vicepresidentes, algunos vocales natos y el Director del Archivo como Secretario).

  5. Artículo 5 — Funciones del Pleno

    El Pleno aprueba el plan anual, supervisa su cumplimiento, informa sobre adquisiciones, memoria anual, presupuesto, participación social, relaciones con otros archivos, salidas de fondos, recursos extraordinarios, nombramiento del Director y comisiones de estudio.

  6. Artículo 6 — Funciones de la Comisión Permanente

    La Comisión Permanente elabora el plan anual, informa otras propuestas, cuida el cumplimiento de acuerdos, asume funciones delegadas (excepto las indelegables) y rinde cuentas al Pleno.

  7. Artículo 7 — Sesiones del Patronato

    El Pleno y la Comisión se reúnen al menos una vez al año. Las sesiones extraordinarias se convocan por el Presidente o a petición de un tercio de miembros. Se permite delegar el voto.

  8. Artículo 8 — Comisiones y expertos

    El Patronato puede constituir comisiones internas y acordar la asistencia de expertos internos o externos a sesiones, si se considera útil para los asuntos a tratar.

  9. Artículo 9 — Régimen jurídico

    El funcionamiento del Patronato se ajusta a lo dispuesto en el Título II del Capítulo II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

  10. Artículo 10 — Financiación

    El funcionamiento del Patronato del Archivo de la Corona de Aragón no supondrá incremento de gasto público alguno.

  11. Disposición adicional única — Ejercicio de funciones y nombramiento de los miembros designados

    Los vocales natos del Patronato del Archivo de la Corona de Aragón ejercen funciones desde su constitución. Los vocales designados por el Ministro de Cultura se nombran por orden en dos meses desde la entrada en vigor del real decreto.

  12. Disposición final primera — Facultades de desarrollo y ejecución

    El Ministro de Cultura queda autorizado a adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y la ejecución del Real Decreto 1267/2006, de 8 de noviembre, que crea el Patronato del Archivo de la Corona de Aragón.

  13. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    El Real Decreto 1267/2006, de 8 de noviembre, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
9 de noviembre de 2006
Departamento
Ministerio de Cultura

Leyes en las que se basa

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