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En vigorReal Decreto

Real Decreto 1113/2006, de 29 de septiembre, por el que se aprueban las normas de calidad para quesos y quesos fundidos

También conocida como: RD 1113/2006, RD 1113/06
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6 de octubre de 2006·12 de septiembre de 2015·Ministerio de la Presidencia·BOE-A-2006-17436
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma establece qué requisitos deben cumplir los quesos y quesos fundidos para garantizar su calidad y una información clara en su etiqueta.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Artículo por artículo

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  1. Artículo único — Objeto y ámbito de aplicación

    Se aprueban normas de calidad para quesos y quesos fundidos elaborados en España. Deben cumplirse la norma general y, si existe, la específica o usos tradicionales. Prevalecen las Denominaciones de Origen Protegidas. Se aplica sin perjuicio de normas sanitarias.

  2. Disposición adicional única — Cláusula de reconocimiento mutuo

    Las normas no se aplican a quesos legalmente fabricados o comercializados en otros Estados miembros de la UE, países de la AELC (Acuerdo EEE) ni Turquía, según sus especificaciones.

  3. Disposición transitoria única — Prórroga de comercialización

    Los productos que no se ajusten al real decreto podrán comercializarse durante seis meses tras su publicación, siempre que cumplan las disposiciones vigentes anteriores a su entrada en vigor.

  4. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Se derogan disposiciones de igual o inferior rango que se opongan al real decreto. En particular, los artículos 3.15.26 a 3.15.33 del Código Alimentario Español (Decreto 2484/1967) y la Orden de 29 de noviembre de 1985 sobre normas de calidad para quesos.

  5. Disposición final primera — Título competencial

    El real decreto se dicta conforme a los artículos 149.1.13.ª y 16.ª de la Constitución, que atribuyen al Estado competencia exclusiva en bases de la planificación económica y coordinación general de la sanidad.

  6. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    El Real Decreto 1113/2006, de 29 de septiembre, sobre normas de calidad para quesos y quesos fundidos, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
6 de octubre de 2006
Departamento
Ministerio de la Presidencia

Leyes en las que se basa

  • Epígrafes 3.15.26 a 3.15. 33 de la sección 2 del capítulo XV del Código Alimentario aprobado por Decreto 2484/1967, de 21 de septiembre BOE-A-1967-16485
  • Orden de 29 de noviembre de 1985 BOE-A-1985-25515
  • Real Decreto 1337/1999, de 31 de julio BOE-A-1999-16831

Leyes que la modifican

  • los anexos I y II, por Real Decreto 818/2015, de 11 de septiembre BOE-A-2015-9807
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