Real Decreto 119/2004, de 23 de enero, por el que se reorganiza el Museo Nacional de Antropología
También conocida como: RD 119/2004, RD 119/04Esta norma regula cómo se organiza y funciona internamente el Museo Nacional de Antropología para gestionar sus colecciones y servicios al público.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (8 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Definición y funciones
El Museo Nacional de Antropología difunde conocimientos, conserva colecciones, investiga y fomenta la tolerancia intercultural.
Artículo 2 — La colección
La colección del Museo Nacional de Antropología incluye bienes del Patrimonio Histórico Español de la Administración General del Estado, procedentes del antiguo Museo Nacional de Etnología, asignados como colección estable, más los futuros.
Disposición adicional única — Relación de puestos de trabajo
Las relaciones de puestos de trabajo definen los puestos necesarios, sus características retributivas y de desempeño. La aprobación no supondrá incremento del gasto público.
Disposición transitoria única — Continuidad de unidades y puestos de trabajo
Las unidades y puestos del Museo Nacional de Antropología subsisten hasta que se adopten las medidas de desarrollo del real decreto.
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Se deroga el Real Decreto 684/1993, de 7 de mayo, por el que se crea el Museo Nacional de Antropología, y cuantas disposiciones vigentes se opongan a este real decreto.
Disposición final primera — Facultades de desarrollo y ejecución
El Ministro de Educación, Cultura y Deporte dictará disposiciones para la ejecución del real decreto. El Ministerio promoverá la creación de un nuevo museo para la colección del Museo del Pueblo Español.
Disposición final segunda — Reglamento de régimen interno
En el plazo de un año desde la entrada en vigor, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte elaborará un reglamento de régimen interno del Museo Nacional de Antropología.
Disposición final tercera — Entrada en vigor
El Real Decreto 119/2004, de 23 de enero, que reorganiza el Museo Nacional de Antropología, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- art. 61. de la Ley 16/1985, de 25 de junio BOE-A-1985-12534
- arts. 3 y 4 del Reglamento aprobado por Real Decreto 620/1987, de 10 de abril BOE-A-1987-11621
- el Real Decreto 684/1993, de 7 de mayo BOE-A-1993-13671
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