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En vigorLey

Ley 1/2004, de 13 de octubre, de Creación del Consejo de Colegios Profesionales de Agentes Comerciales de Castilla y León

También conocida como: L 1/2004, L 1/04
Ver en BOE
10 de noviembre de 2004·20 de octubre de 2004·Comunidad de Castilla y León·BOE-A-2004-19121
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley crea el organismo que agrupa y representa a los colegios de agentes comerciales de Castilla y León para coordinar su actividad.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

5
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1
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4
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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (5 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Creación

    Se crea el Consejo de Colegios Profesionales de Agentes Comerciales de Castilla y León como Corporación de Derecho Público, con personalidad jurídica y capacidad de obrar según el artículo 19 de la Ley 8/1997, de 8 de julio, de Colegios Profesionales de Castilla y León

  2. Artículo 2 — Ámbito territorial

    El ámbito territorial del Consejo es la Comunidad de Castilla y León. Está integrado por los Colegios Oficiales de las provincias de Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora

  3. Artículo 3 — Relaciones con la Administración Autonómica

    El Consejo se relaciona con la Consejería de Presidencia para aspectos corporativos e institucionales, y con la Consejería de Economía y Empleo para el ejercicio profesional.

  4. Disposición transitoria única — Comisión Gestora

    Se crea una Comisión Gestora con representantes de los colegios existentes. En 6 meses elaborará los Estatutos, que deben ser aprobados por las Asambleas, verificados por la Consejería de Presidencia e inscritos.

  5. Disposición final — Entrada en vigor

    La Ley 1/2004, de 13 de octubre, de Creación del Consejo de Colegios Profesionales de Agentes Comerciales de Castilla y León, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
10 de noviembre de 2004
Departamento
Comunidad de Castilla y León

Notas oficiales

Publicada en el BOCYL núm. 103, de 20 de octubre de 2004.

Leyes en las que se basa

  • art. 34.1.11 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero BOE-A-1983-6483
  • Ley 8/1997, de 8 de julio BOE-A-1997-16893
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