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En vigorReal Decreto

Real Decreto 946/2003, de 18 de julio, por el que se establecen requisitos específicos de etiquetado para el espárrago blanco en conserva

También conocida como: RD 946/2003, RD 946/03
Ver en BOE
30 de julio de 2003·Ministerio de la Presidencia·BOE-A-2003-15240
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma obliga a que las latas de espárragos blancos indiquen claramente su origen, categoría y tamaño para que sepas exactamente qué compras.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (6 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto

    Este real decreto establece normas complementarias para el etiquetado del espárrago blanco, según el artículo 13 del Real Decreto 1334/1999.

  2. Artículo 2 — Etiquetado

    La etiqueta debe indicar el origen: España (provincia/CCAA), UE (Estado miembro) o terceros países, con la misma tipografía. Si se envasa en España, debe incluirse el registro sanitario de la fábrica.

  3. Artículo 3 — Régimen sancionador

    El incumplimiento de esta disposición se sanciona conforme al Real Decreto 1945/1983 sobre infracciones y sanciones en defensa del consumidor y producción agroalimentaria.

  4. Disposición transitoria única — Comercialización de existencias de productos

    Los productos envasados y etiquetados antes de la entrada en vigor del real decreto podrán comercializarse hasta que se agoten sus existencias.

  5. Disposición final primera — Título competencial

    Este real decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.13.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre bases y coordinación de la planificación económica.

  6. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    El Real Decreto 946/2003, de 18 de julio, sobre etiquetado del espárrago blanco en conserva, entra en vigor a los 30 días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
30 de julio de 2003
Departamento
Ministerio de la Presidencia

Leyes en las que se basa

calidad alimentariacompra de conservasespárrago blanco en lataetiqueta de alimentosetiquetado espárragosinformación al consumidor