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En vigorInstrucción

Resolución de 27 de febrero de 2001, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, sobre suministro de información por las entidades aseguradoras de los datos relativos a los vehículos asegurados por ellas al Ministerio de Economía

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16 de marzo de 2001·Ministerio de Economía·BOE-A-2001-5290
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma obliga a las aseguradoras a enviar al Ministerio los datos de los vehículos que aseguran para mantener actualizado el registro oficial.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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  1. Resolución de 27 de febrero de 2001, de la dirección general de seguros y fondos de pensiones, sobre suministro de información por las entidades aseguradoras de los datos relativos a los vehículos asegurados por ellas al ministerio de economía — Primero

    Se aprueba el procedimiento de primera remisión de datos y actualización por entidades aseguradoras, detallado en el anexo I de esta Resolución, incluyendo formatos de ficheros para el Fichero Informativo de Vehículos Asegurados.

  2. Resolución de 27 de febrero de 2001, de la dirección general de seguros y fondos de pensiones, sobre suministro de información por las entidades aseguradoras de los datos relativos a los vehículos asegurados por ellas al ministerio de economía — Segundo

    Se aprueba el modelo de petición de consulta de información a dirigir por los implicados en un accidente de tráfico al Consorcio de Compensación de Seguros, recogido en el anexo 2.

  3. Resolución de 27 de febrero de 2001, de la dirección general de seguros y fondos de pensiones, sobre suministro de información por las entidades aseguradoras de los datos relativos a los vehículos asegurados por ellas al ministerio de economía — Tercero

    Se aprueba el procedimiento de consulta electrónica del Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (anexo 3). Las aseguradoras deben acreditar fiabilidad de datos ante el Consorcio de Compensación de Seguros.

  4. Resolución de 27 de febrero de 2001, de la dirección general de seguros y fondos de pensiones, sobre suministro de información por las entidades aseguradoras de los datos relativos a los vehículos asegurados por ellas al ministerio de economía — Cuarto

    El Consorcio de Compensación de Seguros puede acordar mejoras en procedimientos y formatos por avances tecnológicos o cambios normativos, previa comunicación a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

  5. Resolución de 27 de febrero de 2001, de la dirección general de seguros y fondos de pensiones, sobre suministro de información por las entidades aseguradoras de los datos relativos a los vehículos asegurados por ellas al ministerio de economía — Quinto

    La Resolución de 27 de febrero de 2001, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, sobre suministro de información de vehículos asegurados, entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

  6. Resolución de 27 de febrero de 2001, de la dirección general de seguros y fondos de pensiones, sobre suministro de información por las entidades aseguradoras de los datos relativos a los vehículos asegurados por ellas al ministerio de economía — Sexto

    Se derogan los anexos I y II de la Resolución de la Dirección General de Seguros de 8 de marzo de 1996, sobre suministro de datos de vehículos asegurados.

Información general

Tipo de ley
Instrucción
Vigencia
En vigor
Publicación
16 de marzo de 2001
Departamento
Ministerio de Economía

Leyes en las que se basa

  • la la Ley 30/1995, de 8 de noviembre BOE-A-1995-24262
  • los anexos I y II de la Resolución de 8 de marzo de 1996 BOE-A-1996-5974
  • los arts. 23 a 25 y 27 del Reglamento aprobado por Real Decreto 7/2001, de 12 de enero BOE-A-2001-943

Leyes que la modifican

  • con inclusión del anexo II, en BOE núm. 74, de 27 de marzo de 2001 BOE-A-2001-5985
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