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Resolución de 31 de mayo de 2001, de la Dirección General de Comercio e Inversiones, por la que se dictan instrucciones para la presentación por los intermediarios financieros de las declaraciones de inversiones extranjeras en valores negociables cotizados en mercados españoles y de inversiones españolas en valores negociables cotizados en mercados extranjeros

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13 de junio de 2001·Ministerio de Economía·BOE-A-2001-11267
Resumen en lenguaje sencillo

Instrucciones para que los bancos y entidades financieras declaren las inversiones en bolsa realizadas por extranjeros en España o por españoles fuera.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

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  1. Resolución de 31 de mayo de 2001, de la dirección general de comercio e inversiones, por la que se dictan instrucciones para la presentación por los intermediarios financieros de las declaraciones de inversiones extranjeras en valores negociables cotizados en mercados españoles y de inversiones españolas en valores negociables cotizados en mercados extranjeros — Primero

    Se aprueban Instrucciones para entidades declarantes de valores españoles de no residentes. Deben suministrar información mensual y anual a la Dirección General de Comercio e Inversiones, usando los modelos impresos A1 y A2.

  2. Resolución de 31 de mayo de 2001, de la dirección general de comercio e inversiones, por la que se dictan instrucciones para la presentación por los intermediarios financieros de las declaraciones de inversiones extranjeras en valores negociables cotizados en mercados españoles y de inversiones españolas en valores negociables cotizados en mercados extranjeros — Segundo

    Se aprueban Instrucciones para entidades depositarias de valores españoles de residentes en el exterior. Deben suministrar información mensual y anual a la Dirección General de Comercio e Inversiones, usando los modelos impresos E1 y E2.

  3. Resolución de 31 de mayo de 2001, de la dirección general de comercio e inversiones, por la que se dictan instrucciones para la presentación por los intermediarios financieros de las declaraciones de inversiones extranjeras en valores negociables cotizados en mercados españoles y de inversiones españolas en valores negociables cotizados en mercados extranjeros — Tercero

    Se aprueba el modelo de escrito de inicio de actividad, que figura como anexo III de la Resolución, conforme a lo establecido en el artículo 22.3 de la Orden.

  4. Resolución de 31 de mayo de 2001, de la dirección general de comercio e inversiones, por la que se dictan instrucciones para la presentación por los intermediarios financieros de las declaraciones de inversiones extranjeras en valores negociables cotizados en mercados españoles y de inversiones españolas en valores negociables cotizados en mercados extranjeros — Cuarto

    Se aprueban los modelos de escrito para el inicio y cese de actividad, referidos al artículo 41.4 de la Orden, que figuran como anexo IV de la Resolución de 31 de mayo de 2001.

  5. Resolución de 31 de mayo de 2001, de la dirección general de comercio e inversiones, por la que se dictan instrucciones para la presentación por los intermediarios financieros de las declaraciones de inversiones extranjeras en valores negociables cotizados en mercados españoles y de inversiones españolas en valores negociables cotizados en mercados extranjeros — Quinto

    La Resolución de 31 de mayo de 2001, de la Dirección General de Comercio e Inversiones, sobre declaraciones de inversiones extranjeras y españolas en valores negociables, entra en vigor el 1 de julio de 2001.

  6. I.1 Normas generales

    Las entidades declarantes presentan información mensual de flujos en 20 días naturales tras el mes. Uso de medios informáticos (papel si ≤10 operaciones). Envío a Subdirección General con impreso A1. Sin actividad: marcar 'SIN ACTIVIDAD'. Correcciones en 3 días hábiles si se supera plazo. Copias

  7. I.2 Formas de presentación

    La información se presenta en disquete (MS-DOS, 1,44 MB, nombre específico), papel (≤10 operaciones, modelo A2) o telemática. Los disquetes llevan etiqueta con datos de la entidad y periodo. Hasta implantación telemática, se usa disquete o papel excepcionalmente.

  8. I.3 Registros

    Se definen dos registros de 80 posiciones: Tipo 1 (datos detallados por ISIN/NIF, acciones, importes, NIF declarante, año/mes) y Tipo 2 (resumen acumulativo de los anteriores). Campos numéricos alineados a la derecha con ceros; alfanuméricos a la izquierda con blancos.

  9. II.1 Normas generales

    Presentación anual de saldos en enero, correspondientes al 31 de diciembre anterior. Medios informáticos (papel si ≤10 depósitos). Envío a Subdirección General con impreso A1. Sin depósitos: marcar 'SIN DEPÓSITOS'. Correcciones en 3 días hábiles si se supera plazo. Conservar copias 6 meses.

  10. II.2 Formas de presentación

    La información se presenta en disquete (MS-DOS, 1,44 MB, nombre específico), papel (≤10 depósitos, modelo A2) o telemática. Los disquetes llevan etiqueta con datos de la entidad y fecha. Hasta implantación telemática, se usa disquete o papel excepcionalmente.

  11. II.3 Registros

    Los intermediarios financieros presentan declaraciones de inversiones en valores. Se definen registros tipo 1 (detalle) y 2 (resumen), longitud fija 80 posiciones. Se incluyen tablas C.1 a C.6 para códigos de operación, mercado, valor, inversor, país y moneda.

  12. I.1 Normas generales

    Las entidades depositarias presentan flujos mensuales en 20 días naturales. Se usa soporte informático o papel (si hay ≤10 operaciones). Se envía a la Subdirección General de Inversiones Exteriores con el impreso El. Sin actividad marca 'SIN ACTIVIDAD'. Se conservan copias 6 meses.

  13. I.2 Formas de presentación

    La información se presenta en disquete (MS-DOS, 1,44 MB, nombre específico), papel (≤10 operaciones, modelo E2) o telemática. Los disquetes llevan etiqueta con datos de la entidad y periodo. Hasta implantación telemática, se usa disquete o papel excepcionalmente.

  14. I.3 Registros

    Se definen dos registros de 130 posiciones para intermediarios financieros. Tipo 1: datos detallados (NIF, ISIN, importe). Tipo 2: resumen acumulativo por entidad, año y mes.

  15. II.1 Normas generales

    Las entidades depositarias presentan información anual de saldos en enero. Se usa soporte informático o papel (si hay ≤10 depósitos). Se envía a la Subdirección General de Inversiones Exteriores con el impreso El. Sin depósitos marca 'SIN DEPÓSITOS'. Se conservan copias 6 meses.

  16. II.2 Formas de presentación

    La información se presenta en disquete, papel o telemáticamente. Los disquetes deben ser de 1,44 MB, formato MS-DOS, sin subdirectorios, con nombre específico (Aeeeeaa.TXT) y etiqueta externa con datos de la entidad. El papel es opcional para entidades con menos de 10 depósitos anuales.

  17. II.3 Registros

    Los intermediarios financieros presentan declaraciones de inversiones extranjeras mediante registros informáticos (tipo 1 detallado y tipo 2 resumen) o impresos (E1/E2). Se especifican campos como NIF, ISIN, importes y códigos de operación, moneda y país según tablas T1-T6.

Información general

Tipo de ley
Instrucción
Vigencia
En vigor
Publicación
13 de junio de 2001
Departamento
Ministerio de Economía

Leyes en las que se basa

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