Ley 3/2000, de 17 de julio, para la creación de un complejo hospitalario y sociosanitario en la zona norte de la isla de Tenerife
También conocida como: L 3/2000, L 3/00Esta ley autoriza la construcción de un nuevo hospital y centro para mayores en la zona norte de Tenerife para mejorar la atención sanitaria.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
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Artículo único
El Gobierno de Canarias integrará, promoverá y construirá un complejo hospitalario y sociosanitario en la zona norte de Tenerife, garantizando camas de segundo nivel.
Disposición adicional primera
El Gobierno de Canarias adoptará las disposiciones necesarias para la financiación, construcción y puesta en funcionamiento del complejo hospitalario y sociosanitario del norte de Tenerife.
Disposición adicional segunda
La consejería competente en materia de sanidad iniciará el procedimiento de adaptación del Plan de Salud de Canarias a esta ley a su entrada en vigor.
Disposición adicional tercera
El Servicio Canario de Salud definirá las características y localización del equipamiento. El Gobierno preverá una consignación presupuestaria suficiente para su ejecución.
Disposición adicional cuarta
Se declara utilidad pública la expropiación de terrenos y bienes necesarios para la edificación del complejo hospitalario y sociosanitario del norte de Tenerife.
Información general
Notas oficiales
Publicada en el BOC núm. 94, de 28 de julio de 2000.
Leyes en las que se basa
- el art. 32.7 y 9 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto BOE-A-1982-20821
- la Ley 11/1994, de 26 de julio BOE-A-1994-19583
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