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Instrucción de 15 de marzo de 1999, de la Junta Electoral Central, sobre documentación que debe acompañarse en la presentación de candidaturas

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19 de marzo de 1999·Junta Electoral Central·BOE-A-1999-6594
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma explica qué documentos deben entregar los partidos y agrupaciones para poder presentarse a las elecciones en España.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

3
Artículos
1
Versiones
4
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (3 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Primera.- Ciudadanos españoles

    Candidatos españoles aportan DNI y declaración jurada. No es necesario estar en el censo. Si hay denuncia de inhabilitación, la Junta exige certificación del Registro de Penados.

  2. Segunda.- Ciudadanos de la Unión Europea y extranjeros elegibles

    Ciudadanos UE y extranjeros elegibles aportan: fotocopia de identidad; declaración firmada con nacionalidad, domicilio en España, no privación de sufragio pasivo y último domicilio en origen; y certificado de inscripción en censo electoral español.

  3. Tercera.-

    Para elecciones a Asambleas Legislativas Autonómicas, las Juntas Electorales exigen que los candidatos no estén sujetos a penas de inhabilitación, siguiendo lo previsto en la Norma primera de la Instrucción, sin perjuicio de lo exigible en cada elección.

Información general

Tipo de ley
Otro
Vigencia
En vigor
Publicación
19 de marzo de 1999
Departamento
Junta Electoral Central

Leyes en las que se basa

documentación para eleccioneselecciones autonómicaselecciones europeaselecciones municipalespresentar candidatura electoralrequisitos listas electoralesser candidato políticotrámites junta electoral