Ley 26/1997, de 26 de diciembre, de Creación del Instituto Madrileño de Investigación Agraria y Alimentaria (IMIA) de la Comunidad de Madrid
También conocida como: L 26/1997, L 26/97Esta ley crea el organismo público encargado de investigar y mejorar la agricultura y la alimentación en la Comunidad de Madrid.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
3 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 27 de diciembre de 2024Reforma BOE-A-2025-5522Ver qué cambió →
- 30 de diciembre de 2004Reforma BOE-A-2005-2732Ver qué cambió →
- 30 de diciembre de 1999Reforma BOE-A-2000-3766Ver qué cambió →
- 30 de diciembre de 1997Versión original BOE-A-1998-19360
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (21 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Naturaleza, adscripción y régimen jurídico
Se crea el IMIDRA como organismo autónomo mercantil con personalidad jurídica. Se adscribe a la Consejería de Economía y Empleo. Su transformación requiere Ley de la Asamblea.
Artículo 2 — Fines
El IMIDRA investiga, forma y transfiere tecnología en el sector primario. Promueve el desarrollo rural, colabora con otras entidades y gestiona fincas y laboratorios.
Artículo 3 — Funciones
El IMIDRA promueve investigación agraria, innova en tecnologías, transfiere resultados al sector, forma personal, presta asistencia técnica y realiza análisis para políticas de seguridad y calidad alimentaria.
Artículo 4 — Organización del IMIDRA
Los órganos de gobierno del IMIDRA son el Consejo de Administración, su Presidente y el Director-gerente. Existe un Consejo Asesor consultivo en materias científicas.
Artículo 5 — Estructura del IMIDRA
La estructura y el funcionamiento del IMIDRA se establecen en el Reglamento de Organización y Funcionamiento Interno del Instituto.
Artículo 6 — El Consejo de Administración. Composición
El Gobierno de Madrid fija la composición del Consejo de Administración mediante Decreto. El Presidente designa a un Secretario funcionario que asiste con voz pero sin voto. No hay retribución por pertenecer al Consejo.
Artículo 7 — Funciones del Consejo de Administración
El Consejo fija directrices de investigación y autoriza inversiones. Puede delegar funciones en el Presidente, Vicepresidentes o Director-gerente.
Artículo 8 — El Presidente del Consejo de Administración. Designación y funciones
Preside el titular de la Consejería competente. Convoca reuniones, representa al Instituto y suscribe convenios. Decide empates con voto de calidad.
Artículo 9 — El Director-gerente del IMIDRA. Nombramiento y funciones
El Consejo de Gobierno nombra al Director-gerente a propuesta del Consejo. Coordina investigación, gestiona personal no reservado al Consejo y asiste a reuniones sin voto.
Artículo 10 — El Consejo Asesor. Composición y funciones
El Consejo Asesor del IMIDRA, sin remuneración, está formado por representantes de administración, universidades, CSIC e investigadores. Asesora al Consejo de Administración sobre investigación y desarrollo tecnológico.
Artículo 11 — Régimen del personal al servicio del IMIDRA
El personal del IMIDRA incluye funcionarios, laborales y de empleo. Puede contratar personal científico-técnico para proyectos, en prácticas y científicos de valía reconocida.
Artículo 12 — Régimen económico
El patrimonio del Instituto incluye bienes adscritos, subvenciones, donativos e ingresos por servicios. Su gestión sigue la normativa de organismos autónomos mercantiles.
Disposición adicional primera
Se integra en el IMIDRA el Servicio de Investigación Agraria de la Consejería de Economía y Empleo, con sus bienes y derechos.
Disposición adicional segunda
El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid puede integrar en el IMIDRA otros organismos o servicios con funciones afines o complementarias.
Disposición adicional tercera
En 6 meses, el Consejo de Administración del IMIDRA propone al Consejo de Gobierno la plantilla de personal, según la legislación vigente.
Disposición transitoria única
El personal del Servicio de Investigación Agraria pasa al IMIDRA manteniendo su condición, hasta su adscripción definitiva según los artículos 42 y 43 de la Ley 1/1984.
Disposición derogatoria única
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente Ley.
Disposición final primera
En 6 meses, el Consejero de Economía y Empleo eleva al Consejo de Gobierno el Reglamento de Organización y Funcionamiento del IMIDRA, previa consulta al Consejo Asesor.
Disposición final segunda
Se autoriza al Consejero de Hacienda a habilitar los créditos y realizar las modificaciones presupuestarias necesarias para la aplicación de la Ley de Creación del IMIA.
Disposición final tercera
Se autoriza al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid para dictar las disposiciones de aplicación y desarrollo necesarias de esta ley.
Disposición final cuarta
La Ley 26/1997, de 26 de diciembre, de creación del IMIA, entra en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, debiendo publicarse también en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Notas oficiales
Publicada en el BOCM núm. 309, de 30 de diciembre de 1997.
Leyes en las que se basa
- arts. 25 y 26 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero BOE-A-1983-6317
- Ley 1/1984, de 19 de enero BOE-A-1984-5399
- Ley 9/1990, de 8 de noviembre BOE-A-1991-413
Leyes que la modifican
- el art. 6, por la Ley 24/1999, de 27 de diciembre BOE-A-2000-3766
- lo indicado y los arts. 2 y 3, por Ley 5/2004, de 28 de diciembre BOE-A-2005-2732
- los arts. 2.1 y 10, por Ley 7/2024, de 26 de diciembre BOE-A-2025-5522
¿Quieres saber cuándo cambia esta ley?
Cada cambio queda registrado en nuestro repositorio público. Síguelo con cualquier lector de noticias, sin darnos ningún dato: canal de cambios de esta ley · historial en GitHub.