Real Decreto 410/1995, de 17 de marzo, sobre reordenación de las colecciones estables del Museo Nacional del prado y del Museo Nacional «Centro de Arte Reina Sofía»
También conocida como: RD 410/1995, RD 410/95Esta norma organiza qué obras de arte pertenecen al Museo del Prado y cuáles al Museo Reina Sofía para mejorar su exposición al público.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (8 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Integración de obras en las colecciones estables del Museo Nacional del Prado y del Museo Nacional «Centro de Arte Reina Sofía»
Las obras asignadas en los artículos siguientes integran las colecciones estables del Museo Nacional del Prado y del Museo Nacional «Centro de Arte Reina Sofía».
Artículo 2 — Criterio general para la asignación de obras al Museo Nacional del Prado
El Real Decreto 410/1995 asigna al Museo Nacional del Prado las obras de artistas nacidos antes del año 1881, estableciendo este como criterio general para la reordenación de sus colecciones estables.
Artículo 3 — Criterio general para la asignación de obras al Museo Nacional «Centro de Arte Reina Sofía»
Se asignan al Museo Nacional «Centro de Arte Reina Sofía» las obras de artistas nacidos a partir del año 1881.
Artículo 4 — Excepciones a los criterios generales de asignación
Como excepción, las obras de artistas nacidos antes de 1881, incluidos en el anexo del Real Decreto, se asignan al Museo Nacional «Centro de Arte Reina Sofía».
Artículo 5 — Comisión Mixta de los Museos Nacionales del Prado y «Centro de Arte Reina Sofía»
Se crea una Comisión Mixta del Prado y Reina Sofía para asignar obras de artistas nacidos entre 1850 y 1880. El informe es preceptivo para adquisiciones, depósitos y asignaciones. La Comisión, presidida por la Ministra de Cultura, asigna obras completas de un artista a un solo museo y sigue
Disposición final primera — Ampliación de los artistas incluidos en el anexo del presente Real Decreto
Se autoriza a la Ministra de Cultura a ampliar, mediante Orden y tras informe de la Comisión Mixta, los artistas incluidos en el anexo del Real Decreto.
Disposición final segunda — Disposiciones de desarrollo
Se autoriza a la Ministra de Cultura a dictar normas de desarrollo, previo informe de los Reales Patronatos del Prado y del Reina Sofía.
Disposición final tercera — Entrada en vigor
El Real Decreto 410/1995, de 17 de marzo, sobre la reordenación de las colecciones estables del Museo Nacional del Prado y del Museo Nacional «Centro de Arte Reina Sofía», entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- Ley 16/1985, de 25 de junio BOE-A-1985-12534
- el Real Decreto 535/1988, de 27 de mayo BOE-A-1988-13480
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre BOE-A-1992-26318
¿Quieres saber cuándo cambia esta ley?
Cada cambio queda registrado en nuestro repositorio público. Síguelo con cualquier lector de noticias, sin darnos ningún dato: canal de cambios de esta ley · historial en GitHub.