Saltar al contenido
← Volver
En vigorReal Decreto

Real Decreto 410/1995, de 17 de marzo, sobre reordenación de las colecciones estables del Museo Nacional del prado y del Museo Nacional «Centro de Arte Reina Sofía»

También conocida como: RD 410/1995, RD 410/95
Ver en BOE
12 de abril de 1995·Ministerio de Cultura·BOE-A-1995-8876
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma organiza qué obras de arte pertenecen al Museo del Prado y cuáles al Museo Reina Sofía para mejorar su exposición al público.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

8
Artículos
1
Versiones
5
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (8 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Integración de obras en las colecciones estables del Museo Nacional del Prado y del Museo Nacional «Centro de Arte Reina Sofía»

    Las obras asignadas en los artículos siguientes integran las colecciones estables del Museo Nacional del Prado y del Museo Nacional «Centro de Arte Reina Sofía».

  2. Artículo 2 — Criterio general para la asignación de obras al Museo Nacional del Prado

    El Real Decreto 410/1995 asigna al Museo Nacional del Prado las obras de artistas nacidos antes del año 1881, estableciendo este como criterio general para la reordenación de sus colecciones estables.

  3. Artículo 3 — Criterio general para la asignación de obras al Museo Nacional «Centro de Arte Reina Sofía»

    Se asignan al Museo Nacional «Centro de Arte Reina Sofía» las obras de artistas nacidos a partir del año 1881.

  4. Artículo 4 — Excepciones a los criterios generales de asignación

    Como excepción, las obras de artistas nacidos antes de 1881, incluidos en el anexo del Real Decreto, se asignan al Museo Nacional «Centro de Arte Reina Sofía».

  5. Artículo 5 — Comisión Mixta de los Museos Nacionales del Prado y «Centro de Arte Reina Sofía»

    Se crea una Comisión Mixta del Prado y Reina Sofía para asignar obras de artistas nacidos entre 1850 y 1880. El informe es preceptivo para adquisiciones, depósitos y asignaciones. La Comisión, presidida por la Ministra de Cultura, asigna obras completas de un artista a un solo museo y sigue

  6. Disposición final primera — Ampliación de los artistas incluidos en el anexo del presente Real Decreto

    Se autoriza a la Ministra de Cultura a ampliar, mediante Orden y tras informe de la Comisión Mixta, los artistas incluidos en el anexo del Real Decreto.

  7. Disposición final segunda — Disposiciones de desarrollo

    Se autoriza a la Ministra de Cultura a dictar normas de desarrollo, previo informe de los Reales Patronatos del Prado y del Reina Sofía.

  8. Disposición final tercera — Entrada en vigor

    El Real Decreto 410/1995, de 17 de marzo, sobre la reordenación de las colecciones estables del Museo Nacional del Prado y del Museo Nacional «Centro de Arte Reina Sofía», entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
12 de abril de 1995
Departamento
Ministerio de Cultura

Leyes en las que se basa

Museo Reina SofíaMuseo del Pradocolecciones públicasgestión de museosobras de artepatrimonio históricotraslado de cuadros