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En vigorOrden

Orden de 27 de junio de 1995 por la que se dispone que las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las sociedades anónimas deportivas sean de aplicación a los clubes deportivos que no ostenten la forma de sociedad anónima deportiva y que participen en competeciones oficiales de carácter profesional y ámbito estatal

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30 de junio de 1995·Ministerio de Educación y Ciencia·BOE-A-1995-15944
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma obliga a los clubes deportivos profesionales que no son sociedades anónimas a llevar su contabilidad siguiendo las reglas de estas últimas.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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  1. Orden de 27 de junio de 1995 por la que se dispone que las normas de adaptación del plan general de contabilidad a las sociedades anónimas deportivas sean de aplicación a los clubes deportivos que no ostenten la forma de sociedad anónima deportiva y que participen en competeciones oficiales de carácter profesional y ámbito estatal — Primero

    Los clubes deportivos no societarios que participen en competiciones oficiales profesionales y de ámbito estatal deben aplicar obligatoriamente las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad.

  2. Orden de 27 de junio de 1995 por la que se dispone que las normas de adaptación del plan general de contabilidad a las sociedades anónimas deportivas sean de aplicación a los clubes deportivos que no ostenten la forma de sociedad anónima deportiva y que participen en competeciones oficiales de carácter profesional y ámbito estatal — Segundo

    Se deroga la Orden de 12 de junio de 1986 sobre aplicación de normas contables a los clubes de fútbol integrados en la Liga Nacional de Fútbol Profesional.

  3. Orden de 27 de junio de 1995 por la que se dispone que las normas de adaptación del plan general de contabilidad a las sociedades anónimas deportivas sean de aplicación a los clubes deportivos que no ostenten la forma de sociedad anónima deportiva y que participen en competeciones oficiales de carácter profesional y ámbito estatal — Tercero

    La Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación. Las normas contables son obligatorias para ejercicios iniciados después del 30 de junio de 1995.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
30 de junio de 1995
Departamento
Ministerio de Educación y Ciencia

Leyes en las que se basa

  • Orden de 12 de junio de 1986 BOE-A-1986-17302
  • Real Decreto 727/1988, de 11 de julio BOE-A-1988-17465
  • las disposiciones adicionales 7 y 8 de la Ley 10/1990, de 15 de octubre BOE-A-1990-25037
  • la Orden de 23 de junio de 1995 BOE-A-1995-15939
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