Real Decreto 682/1993, de 7 de mayo, por el que se reorganiza el Museo de América
También conocida como: RD 682/1993, RD 682/93Esta norma regula la organización y el funcionamiento interno del Museo de América en Madrid para gestionar sus colecciones y actividades.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (14 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Definición y funciones
El Museo de América investiga y divulga culturas americanas y españolas. Conserva colecciones, investiga, organiza exposiciones, publica y coopera internacionalmente.
Artículo 2 — La colección
La colección del Museo de América incluye bienes del Patrimonio Histórico Español asignados actualmente y los que se incorporen en el futuro.
Artículo 3 — Estructura básica
El Director es el órgano rector. Dependen de él la Subdirección y el departamento de Administración. Existe un Consejo de Dirección como órgano asesor.
Artículo 4 — El Director
El Director, nombrado por el Ministro de Cultura, representa al Museo, dirige sus funciones, gestiona servicios, coordina fondos, asegura el patrimonio, propone adquisiciones, impulsa cooperación, elabora el plan anual y asume funciones no asignadas a otros órganos.
Artículo 5 — El Consejo de Dirección
El Consejo de Dirección del Museo de América, presidido por el Director, asesora sobre adquisiciones, exposiciones, actividades culturales, servicios al público, puestos de trabajo, creación de departamentos, asignaciones presupuestarias y composición del Consejo de Redacción.
Artículo 6 — La Subdirección
La Subdirección coordina los departamentos técnicos, programa servicios con la Administración y apoya o sustituye al Director en caso de ausencia.
Artículo 7 — Area de Conservación e Investigación
El Área de Conservación e Investigación del Museo de América incluye los departamentos de Conservación, Documentación e Investigación (América precolombina, América colonial y Etnología americana).
Artículo 8 — Area de Difusión
El área de Difusión estudia al público, programa exposiciones, elabora medios de información, evalúa incidencias, organiza actividades culturales, gestiona publicaciones, investiga técnicas museográficas y asiste al Director con informes anuales.
Artículo 9 — Area de Administración
El departamento de Administración gestiona lo económico-administrativo, el régimen interior, intendencia, personal, registros y archivos. Coordina mantenimiento, limpieza, vigilancia y seguridad, y asume funciones encomendadas por el Director.
Disposición adicional única — Relación de puestos de trabajo
La Dirección, Subdirección y unidades del Museo de América tienen el nivel y personal que se determine en la relación de puestos de trabajo.
Disposición transitoria única — Reglamento de régimen interno
El Consejo de Dirección elaborará un Reglamento de régimen interno en un año, que será aprobado por la Dirección General de Bellas Artes y Archivos.
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Se derogan el Decreto de 1941 de creación del Museo de América y los Decretos de 1946, 1964 y 1968 que lo modificaban.
Disposición final primera — Facultad de ejecución
El Ministro de Cultura dictará las disposiciones necesarias para la ejecución del Real Decreto, cumpliendo los trámites legales.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
El Real Decreto 682/1993, de 7 de mayo, por el que se reorganiza el Museo de América, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Leyes en las que se basa
- Decreto de 19 de abril de 1941 (Gazeta) BOE-A-1941-3984
- Decreto de 1 de marzo de 1946 (Gazeta) BOE-A-1946-4029
- Decreto 415/1964, de 20 de febrero BOE-A-1964-4620
- el Decreto 2934/1968, de 21 de noviembre BOE-A-1968-1398
- art. 61 de la Ley 16/1985, de 25 de junio BOE-A-1985-12534
- arts. 3 y 4 del Reglamento aprobado por Real Decreto 620/1987, de 10 de abril BOE-A-1987-11621
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre BOE-A-1992-26318
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