Saltar al contenido
← Volver
En vigorLey

Ley 1/1992, de 17 de febrero, de medidas para la ordenación integral del Somontano del Moncayo

También conocida como: L 1/1992, L 1/92
Ver en BOE
11 de marzo de 1992·28 de febrero de 1992·Comunidad Autónoma de Aragón·BOE-A-1992-5748
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley busca mejorar la calidad de vida y el entorno natural de la zona del Somontano del Moncayo en Aragón mediante inversiones y ordenación.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

22
Artículos
1
Versiones
12
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (22 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto

    La Ley establece medidas para la ordenación integral del Somontano del Moncayo, potenciando su desarrollo socioeconómico y la calidad de vida.

  2. Artículo 2 — Ambito de aplicación

    El Somontano del Moncayo incluye 21 municipios y la zona de Tarazona sobre la cota 1.000.

  3. Artículo 3 — Actuación de la Diputación General de Aragón

    La Diputación General de Aragón ejecuta el programa de ordenación. Se destinan al menos 1.200 millones de pesetas entre 1992-1995.

  4. Artículo 4 — Objetivos del Programa

    El Programa protege el medio físico, recupera vegetación, racionaliza el suelo, protege la vivienda rural, fomenta el turismo, mejora comunicaciones, transporte, regadíos e infraestructuras.

  5. Artículo 5 — Instrumentos

    Instrumentos: Plan de recursos naturales, directrices urbanísticas, rehabilitación de vivienda, promoción turística, regulación hídrica, abastecimiento, saneamiento, electrificación y caminos rurales.

  6. Artículo 6 — Consejo de Coordinación

    El Consejo de Coordinación informa, controla y evalúa el Programa. Lo preside un miembro de la Diputación General, con representantes de departamentos, municipios, Diputación de Zaragoza y el Gerente.

  7. Artículo 7 — Funciones del Consejo

    El Consejo de Coordinación informa el Programa y Planes de recursos naturales, los remite a Administraciones, controla la ejecución, aprueba su reglamento interno y cumple funciones de convenios.

  8. Artículo 8 — Gerencia

    Depende del Consejo una Gerencia con sede en el Moncayo. El Gerente, nombrado por la Diputación General a propuesta del Consejo, debe tener experiencia en gestión pública y cuenta con medios asignados.

  9. Artículo 9 — Funciones de la Gerencia

    La Gerencia elabora el Programa, dirige su aplicación bajo instrucciones del Consejo, coordina a las Administraciones, ejecuta acuerdos, dispone lo necesario para convenios y remite documentación administrativa.

  10. Artículo 10 — Elaboración y aprobación

    El Programa, elaborado por la Gerencia y con informe del Consejo de Coordinación, es aprobado por Decreto de la Diputación General. Lo mismo para modificarlo.

  11. Artículo 11 — Desarrollo

    Se suscriben convenios entre la Diputación General y administraciones locales. Deben incluir: acciones y programación, reparto de financiación y obligaciones, designación de órganos ejecutores y apoyo técnico.

  12. Artículo 12 — Ejecución

    La ejecución se agiliza creando una mancomunidad para gestión, conservación, explotación e inversiones. Las administraciones ejecutan sus competencias estableciendo las dotaciones presupuestarias precisas.

  13. Artículo 13 — Expropiación forzosa

    La aprobación del Programa declara utilidad pública, interés social y necesidad de ocupación, aplicando el procedimiento de urgencia para la expropiación forzosa.

  14. Artículo 14 — Generación de empleo

    La Diputación General y otras administraciones participantes consideran la capacidad de generación de empleo y el incremento de la cualificación laboral en la elaboración y financiación de acciones.

  15. Artículo 15 — Financiación

    La financiación corre a cargo de la Diputación General de Aragón, la Diputación Provincial de Zaragoza y los Ayuntamientos vinculados. La participación de la Diputación General es complementaria al promedio de los últimos tres ejercicios.

  16. Disposición adicional primera

    Para los presupuestos de 1992 a 1995, se asigna un crédito mínimo de 300 millones de pesetas en la Sección 13, Departamento de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes, Servicio 03, Programa 432.1, Concepto 768.0.

  17. Disposición adicional segunda

    Se autoriza a la Diputación General a iniciar acciones antes de la aprobación definitiva del Programa, si no hay oposición expresa de las Administraciones interesadas, desarrollándose según esta Ley.

  18. Disposición adicional tercera

    El Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Moncayo se elabora en 1 año desde la aprobación del Programa, con audiencia al Consejo de Coordinación. Mientras tanto, la Diputación General de Aragón aplica normas vigentes de protección urbanística y de la naturaleza.

  19. Disposición adicional cuarta

    El Consejo de Coordinación se constituye en 3 meses desde la aprobación de la Ley y aprueba su Reglamento en 1 mes. Se da traslado de su composición y reglamento a la Diputación General y a la Comisión de Ordenación Territorial de las Cortes de Aragón.

  20. Disposición adicional quinta

    Los Entes locales que, conocido el Programa, acuerden no participar quedan excluidos del mismo, a pesar de lo señalado en el artículo sexto.

  21. Disposición final primera

    La Ley 1/1992, de 17 de febrero, de medidas para la ordenación integral del Somontano del Moncayo, entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón.

  22. Disposición final segunda

    Se autoriza a la Diputación General para dictar disposiciones reglamentarias de desarrollo. Constituido el Consejo de Coordinación, se le da audiencia previa sobre el contenido de las medidas reglamentarias proyectadas.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
11 de marzo de 1992
Departamento
Comunidad Autónoma de Aragón

Notas oficiales

Publicada en el BOA núm. 24, de 28 de febrero de 1992.

Leyes en las que se basa

  • los arts. 20 y 21 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto BOE-A-1982-20819
  • Ley 4/1989, de 27 de marzo BOE-A-1989-6881

Leyes que la modifican

  • en BOA núm. 33 de 20 de marzo de 1992 BOA-d-1992-90253
ayudas zona Somontanocuidado del medio ambientedesarrollo rural Aragónmejora infraestructuras aguaordenación del territorioprotección entorno Moncayoturismo rural