Ley 1/1986, de 7 de enero, por la que se crea el Consejo General de Formación Profesional
También conocida como: L 1/1986, L 1/86Esta ley crea el órgano encargado de organizar y mejorar la formación profesional para que los estudios se adapten mejor al mercado laboral.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 30 de diciembre de 2000Reforma BOE-A-2000-24357Ver qué cambió →
- 10 de junio de 1997Reforma BOE-A-1997-12504Ver qué cambió →
- 10 de enero de 1986Versión original BOE-A-1986-576
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (5 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo único
Se crea el Consejo General de Formación Profesional (asesor del Gobierno). Competencias: elaborar programa nacional, controlar ejecución, informar planes de estudios y certificaciones, evaluar acciones. Composición: Presidente (Ministros Educación/Trabajo), 4 vicepresidentes, 17 vocales Estado, 17 C
DISPOSICIÓN ADICIONAL
El Consejo elabora el Reglamento de Funcionamiento en 6 meses. El Gobierno lo aprueba a propuesta conjunta de los Ministros de Educación y Ciencia y de Trabajo y Seguridad Social.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
La presidencia del Consejo General de Formación Profesional corresponde al Ministro de Educación, Cultura y Deporte en 2001, y al Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales en 2002 y 2003.
Disposiciones finales — Primera
Queda suprimida la Junta Coordinadora de Formación Profesional, prevista en el artículo 42 de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa.
Disposiciones finales — Segunda
Se derogan disposiciones contrarias. La ley entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- la Ley 14/1970, de 4 de agosto BOE-A-1970-852
Leyes que la modifican
- el Real Decreto 365/1987, de 27 de febrero BOE-A-1987-6615
- los apartados 1 a 3 del art. único, por la Ley 19/1997, de 9 de junio BOE-A-1997-12504
- aprobando el Reglamento de funcionamiento: el Real Decreto 1684/1997, de 7 de noviembre BOE-A-1997-24617
- creando el Instituto Nacional de las Cualificaciones: el Real Decreto 375/1999, de 5 de marzo BOE-A-1999-6231
- el art. único.3.a) y b) y se añade una disposición transitoria, por Ley 14/2000, de 29 de diciembre BOE-A-2000-24357
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