Saltar al contenido
← Volver
En vigorReal Decreto

Real Decreto 2714/1976, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla

También conocida como: RD 2714/1976, RD 2714/76
Ver en BOE
27 de noviembre de 1976·20 de octubre de 2017·Ministerio de Obras Públicas·BOE-A-1976-24045
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma define cómo se organiza y funciona el organismo público encargado de gestionar el suministro de agua en la zona de los Canales del Taibilla.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

15
Artículos
2
Versiones
2
Categorías

Qué ha cambiado

1 modificación desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (15 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo primero — Naturaleza y adscripción

    La Mancomunidad de los Canales del Taibilla es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente a través de la Dirección General del Agua.

  2. Artículo segundo

    Sus funciones incluyen estudios y planes para el abastecimiento de agua a la base naval, puerto de Cartagena, poblaciones y entidades estatales; obras de captación y distribución; y la explotación de estos aprovechamientos.

  3. Artículo tercero

    La Mancomunidad coordina sus obras con la base naval, la Confederación Hidrográfica del Segura, los Ayuntamientos y entidades oficiales del área, pudiendo establecer convenios para financiar la ejecución y explotación.

  4. Artículo cuarto

    La Mancomunidad de los Canales del Taibilla está regida por el Delegado del Gobierno, el Consejo de Administración y el Director.

  5. Artículo quinto

    El Delegado del Gobierno se nombra por Decreto del Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Obras Públicas, cumpliendo las funciones de la Ley de 27 de abril de 1946.

  6. Artículo sexto

    El Consejo de Administración está presidido por el Delegado del Gobierno, se constituye según la Ley de 27 de abril de 1946 y cumple los cometidos especificados en dicha norma.

  7. Artículo séptimo

    El Director, nombrado según plantilla, tiene funciones del art. 7 de la Ley de 27/04/1946. Se estructura en Servicios (Explotación, Obras y Proyectos, Secretaría General) y Sección (Gabinete Técnico).

  8. Artículo octavo

    El Depto. Explotación gestiona instalaciones de agua, tratamiento, energía y talleres. El Jefe sustituye al Director en ausencia, vacante o enfermedad.

  9. Artículo noveno

    El Depto. Proyectos y Obras dirige obras de agua, coordina empresas, controla calidad, gestiona expropiaciones y archivo patrimonial.

  10. Artículo décimo

    La Secretaría General gestiona lo administrativo, jurídico, económico, financiero, personal y actúa como Secretario del Consejo de Administración.

  11. Artículo undécimo

    El Gabinete Técnico asiste al Director con informes, revisa planes, confecciona estadísticas, normaliza documentos y controla delineación y archivo técnico.

  12. Artículo duodécimo

    Los Departamentos y la Secretaría General pueden estructurarse en Secciones. Estas, junto con el Gabinete Técnico, se dividen en Unidades Orgánicas inferiores para su mejor funcionamiento.

  13. Artículo decimotercero

    La intervención Delegada de la Administración del Estado queda adscrita a la Delegación del Gobierno, manteniendo su dependencia funcional del Ministerio de Hacienda.

  14. Disposición Final Primera

    Se autoriza al Ministro de Obras Públicas a dictar las disposiciones necesarias para la ejecución del Real Decreto 2714/1976, de 30 de octubre, que establece la estructura orgánica de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla.

  15. Disposición Final Segunda

    Se derogan las disposiciones orgánicas de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla que se opongan al Real Decreto. No se afecta la situación de la base naval de Cartagena.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
27 de noviembre de 1976
Departamento
Ministerio de Obras Públicas

Leyes en las que se basa

  • el Decreto 1348/1962, de 14 de junio BOE-A-1962-11161

Leyes que la modifican

  • por Orden de 20 de febrero de 1978 BOE-A-1978-6396
  • el art. 1, por Real Decreto 895/2017, de 6 de octubre BOE-A-2017-11984
abastecimiento de aguagestión del aguainfraestructuras hídricasorganismos públicosorganización públicarecursos hídricossuministro de agua potable