Ley 22/1976, de 14 de junio, por la que se autoriza el ingreso de España en el Banco Interamericano de Desarrollo
También conocida como: L 22/1976, L 22/76Esta ley permite que España se una al Banco Interamericano de Desarrollo para colaborar en proyectos económicos y sociales en América Latina.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (7 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo primero
Se aprueba la participación de España en el Banco Interamericano de Desarrollo, cuyo Convenio Constitutivo modificado está sometido a ratificación.
Artículo segundo
La participación inicial de España es de 61.595.886 dólares (10.157.410 pagaderos en efectivo). Se requiere nueva ley para ampliar la participación.
Artículo tercero
España aporta 61.595.886 dólares al Fondo para Operaciones Especiales del Banco Interamericano de Desarrollo, según la paridad del 18 de octubre de 1973 y la Sección tres de la Resolución mencionada.
Artículo cuarto
El Banco de España aplica pesetas convertibles libremente para pagar las aportaciones, conforme al Decreto 2799/1969 de 14 de noviembre.
Artículo quinto
Se designa al Banco de España como depositario de las disponibilidades en pesetas y otros activos del Banco Interamericano de Desarrollo, según el artículo XIV, Sección cuatro del Convenio Constitutivo.
Artículo sexto
Se autoriza a los Ministerios de Hacienda y de Asuntos Exteriores a adoptar las medidas necesarias para ejecutar lo que dispone la presente Ley.
Artículo séptimo
La Ley 22/1976, de 14 de junio, por la que se autoriza el ingreso de España en el Banco Interamericano de Desarrollo, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Leyes que la modifican
- con el art. 1, Intrumento de aceptación del Convenio: Nota diplomática de 9 de julio de 1976 BOE-A-1976-15693
¿Quieres saber cuándo cambia esta ley?
Cada cambio queda registrado en nuestro repositorio público. Síguelo con cualquier lector de noticias, sin darnos ningún dato: canal de cambios de esta ley · historial en GitHub.